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Consulta formulada por:
¿Debemos hacer esta rifa ante notario y declarar el beneficio que consigamos?
22.02.13
Hola,
Estamos organizando una rifa benéfica y queríamos saber si es necesario contactar con un notario para hacer el sorteo y si deberíamos declarar el beneficio conseguido.
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
25.02.13
Hola, respecto al notario no creo que sea necesario a no ser que el objeto de la rifa sea de mucha importancia, pero muchas asociaciones hacen rifa habitualmente y no pasan por notario.
Respecto al beneficio, si tendréis que declararlo en vuestra contabilidad.
Si es algo puntual y no se recauda un importe muy alto, yo lo declararía como donativos. Os paso este enlace con respuestas de compañeros sobre temas parecidos.
http://www.solucionesong.org/consulta/el-dinero-recaudado-con-actividades-realizadas-por-personas-fisicas-a-favor-de-una-ong-puede-considerarse-economia-sumergida/10377/view
Saludos
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
25.02.13
Como dice Laura, si el importe no es muy elevado yo lo trataría como donación, porque si lo tramitas como un sorteo la fiscalidad es muy alta y os afecta tanto a vosotros como al agraciado con el premio.