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Consulta formulada por:
¿Debemos hacer contrato a esta persona? ¿Son correctas estas dos opciones que planteamos?
14.11.14
Hola,
Tenemos una persona que se encarga de entrenar a un grupo de niños durante un par de horas todos los días por la tarde. Somos un club muy pequeño sin ánimo de lucro, que sobrevivimos gracias a las aportaciones de los padres y socios.
Nosotros le damos una compensación de 300 € mensuales, pero nos han comentado que tenemos que darle de alta en la Seguridad Social y hacerle un contrato. Otra opción que dicha persona se dé de alta en una actividad profesional en Hacienda (monitor deportivo) y que nos facture pero que tendrá que aplicarnos el 21 % en concepto de IRPF (cantidad que tendremos que ingresar nosotros trimestralmente a través del mod. 111), y que la factura estará exenta de IVA. ¿es eso correcto?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesora contable y financiera en Optha Consultores
Trabaja en:
Asesor particular
14.11.14
Hola, si es correcto.
Aunque el supuesto de el alta del monitor en Hacienda implica que tambien se tiene que dar de alta en la Seguridad Social como autónomo, siendo la cantidad que recibe mensualmente prácticamente la cuota que tendrá que pagar como autónomo. Por lo que esta opción, salvo que tenga mas clientes y pueda compensarlo, no le va a interesar.
En caso de efectuar un contrato temporal con la retribución indicada, vuestra asociación tendrá que pagar los seguros sociales, aproximadamente un 31% de la base de cotización.
Saludos. Alicia