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Consulta formulada por:
¿Debemos hacer a los monitores un contrato de voluntariado es basta una ficha de datos?
05.04.13
Hola,
En mayo de 2013, celebraremos un encuentro de familias de nuestra organización. Para ello solicitamos la colaboración de monitores voluntarios y mi pregunta es ¿a parte del seguro que tenemos de responsabilidad civil, hay que hacer otro para ellos? y otra pregunta¿tenemos que hacer algún tipo de contrato de voluntariado o con una ficha de datos suya vale?.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web
Trabaja en:
Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.
08.04.13
Buenos días,
Seria conveniente hacer un contrato de voluntario, ya que son voluntarios y hay una ley que lo contempla la ley 6 de voluntariado, donde se explican los derechos y obligaciones de los voluntarios y de la asociación.
Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com
Opinión anónima
08.04.13
Buenos días,
Sí deberías hacer un contrato de voluntariado y hablar con vuestro asegurador para ver si necesitáis ampliar el seguro de RC (indícales cantidad de monitores y que es para un día, talv vez te lo incluyan), más si cabe al ser un evento deportivo en el que lógicamente hay un riesgo de lesionarse.
Un saludo.
Aportada por:
Fundación ARSIS
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Asesor particular
08.04.13
Hola, Félix,
lo ideal es firmar con cada uno un acuerdo de voluntariado (te puedo facilitar un modelo sencillo, si quieres) y asegurarlos a todos, responsabilidad civil y accidentes.
En la fundación Pere Tarres (www.peretarres.org) ofrecen pólizas de seguro para voluntariado idóneas para cada caso.
Saludos y mucho éxito con este evento,
Montse de Paz
www.arsis.org
Aportada por:
Abogado
Trabaja en:
Asesor particular
08.04.13
Hola, cada uno de los voluntarios deben de firmar un compromiso individual con vuestra entidad, y debéis de registrarlos en el libro de voluntarios, dándolos de baja cuando cese la actividad.
Debéis de suscribir una póliza de seguros que cubra la responsabilidad civil de los voluntarios, y los daños que ellos puedan sufrir durante su actividad.
Os recomiendo que os pongáis en contacto con otras entidades que trabajan habitualmente con voluntarios realizando actividades siimilares, ya que los precios de las pólizas cambian mucho entre compañías.
Saludos.
José Luis Torres.
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
08.04.13
Estimado Felix: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: junto con la aportación que te traslada mis compañeros/as de portal, en el supeusto en ciernes cabe estar a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado, a cuyo tenor:
“1. La incorporación de los voluntarios a las organizaciones se formalizar por escrito mediante el correspondiente acuerdo o compromiso no un contrato laboral, civil o mercantil,que, además de determinar el carácter altruista de la relación, tendrá como mínimo el contenido siguiente:
-El conjunto de derechos y deberes que corresponden a ambas partes, que habrá de respetar lo dispuesto en la presente Ley.
-El contenido de las funciones, actividades y tiempo de dedicación que se compromete a realizar el voluntario.
-El proceso de formación que se requiera para el cumplimiento de sus funciones.
-La duración del compromiso y las causas y formas de desvinculación por ambas partes.
2. La condición de voluntario será compatible con la de socio en la misma organización.”
En definitiva, pues, del precepto legal mencionado, el acuerdo o compromiso de incorporación como voluntario a una entidad asociativa, deberá venir dado por la colaboración con carácter altruista en el marco de alguno de los programas de la misma. En este sentido, le remito en archivo pdf., un documento sobre voluntariado y seguros, a resultas del cual, en las páginas 41 a 44 aparece un modelo de compromiso de incorporación de voluntariado a una asociación, el cual puede ser de bastante utilidad al efecto.
Un cordial saludo.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
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