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Consulta formulada por:
¿Debemos emitir una factura con IVA por la venta de un vehículo si estamos exentos?
02.07.12
Estamos interesados en vender una furgoneta vieja (con 12 años), nos han dicho que nos daran 300 euros, porque el vehículos está muy mal.
Mi pregunta es si la Fundación debe emitir una factura y si esa factura debe llevar IVA. La entidad esta exenta del mismo por el art 20.1.ª Ley IVA.
La venta se realizará a un taller que vende vehículos de segunda mano.
Muchas gracia
Un saludo
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
03.07.12
Si la fundación actuó como consumidor final en la adquisición de la furgoneta (no se dedujo IVA), no tiene que repercutir IVA en la venta. Si por el contrario se hubiera deducido el IVA en la adquisición, tendría que repercutir IVA en la venta.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Abogado experto en fundaciones
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Asesor particular
04.07.12
Estimada María.
abundando en la respuesta de mi compañero, que comparto, debe tenerse presente que lo que está exento de IVA son determinadas operaciones, nunca las entidades que llevan a cabo esas operaciones. Por tanto si la exención de vuestra entidad lo es en función del objeto fundacional, del tipo de actividad que desarrolláis, sólo esas actividades esárán exentas de IVA; las operaciones que hagáis y que no tengan que v er con la exención en sí, estarán sujetas al IVA.
Respuesta del participante:
04.07.12
Muchisimas gracias por vuestra rapida respuesta.
Pero me sigue quedando una duda.
De vuestras respuestas,
entiendo que no tengo que repercutir el IVA, porque al adquirir la furgoneta, lo hicimos como consumidores finales para una de nuestras actividades exentas (y no me deduje el IVA).
Pero el propietario del taller al que le voy a vender el vehículo, me pide un justificante, ¿que hago le emito una factura sin IVA o que documento?
Muchas gracias de nuevo
Un saludo
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
11.07.12
Cualquier documento que acredite la venta: como dices, una “factura sin IVA”, un recibí del importe obtenido por la venta donde figuren también los datos del vehículo transmitido, un contrato sencillo de transmisión del vehículo…
Saludos.
Juan González.