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Consulta formulada por:
ONG en proceso de constitución
¿Debemos declarar las donaciones que recibe nuestra entidad?
28.09.12
Hola,
Somos una asociación que intercambia ropa y artículos de bebés. Acabamos de abrir el local el 3 de septiembre e ingresamos dinero de dos maneras: con el pago de las cuotas de los socios (se pagan por intercambio realizado y no mensualmente) y con la cuota de intercambio de ropa y juguetes a tres euros y la de carros o cunas a cinco o diez euros.
Estamos en el epígrafe de compraventa y antigüedades y artículos de segunda mano y no estamos exentos de IVA. ¿Sólo debemos declarar los ingresos? Es decir, los bienes que nos dejan, por ejemplo, ropa o carros que donan, ¿También son un beneficio a declarar?
Por otro lado, lo que no nos donan, es decir, los socios que intercambian, a veces tienen su cuenta a favor y a veces a mi favor, es un dinero ficticio. ¿Nunca se entrega?
Muchísimas gracias
Respuestas
Aportada por:
Equipo SolucionesONG.org
Trabaja en:
30.10.12
Hola,
Esta consulta ya resuelta os puede resultar útil:
¿Debemos declarar a hacienda las cuotas de socios y las donaciones?
¡Un saludo!