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Consulta formulada por:
¿Debemos darnos de alta en el IAE para emitir unas facturas con IVA?
17.12.08
Para poder cobrar unas subvenciones estatales, se ha hecho un credito a través de una empresa que trabaja para el estado. Ahora, para cobrar la asociación la parte que le corresponde, nos solicitan facturas por distintos conceptos e importes. ¿Debemos de darnos de alta en el IAE para emitir las facturas o que otra opcion tendríamos?
Nuestra asociación está exenta de IVA en el artículo 20 uno 12º de la Ley del IVA.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
22.12.08
Es posible que ya estén dados de alta en algún epígrafe del IAE. Deben solicitar esta información en la Administración Tributaria.
En caso contrario, deberían darse de alta. Su exención de IVA es respecto de la cuotas de asociado pero no de las prestaciones de servicios que realice por lo que deberán repercutir IVA (si es asistencia social, deportiva o cultural será al 7%).
Le transcribo en su literalidad el artículo 20.uno 12º:
“Las prestaciones de servicios y las entregas de bienes accesorias a las mismas efectuadas directamente a sus miembros por organismos o entidades legalmente reconocidos que no tengan finalidad lucrativa, cuyos objetivos sean exclusivamente de naturaleza política, sindical, religiosa, patriótica, filantrópica o cívica, realizadas para la conservación de sus finalidades específicas, siempre que no perciban de los beneficiarios de tales operaciones contraprestación alguna distinta de las cotizaciones fijadas en sus estatutos…”
Esta respuesta no es vinculante.