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Consulta formulada por:
¿Debemos contratar un servicio anual de prevención de riesgos laborales?
15.11.12
Hola,
Somos una fundación con cinco trabajadores y me gustaría saber si es obligatorio para nosotros el tener, y contratar con una empresa externa, un servicio anual de Prevención de riesgos laborales.
Muchas gracias de antemano
Respuestas
Opinión anónima
16.11.12
Buenas tardes:
Debéis respetar las normas relativas a la prevención de riesgos laborales.
Echa un vistazo al capítulo III del RD 39/1997. Ahí vienen las diferentes posibilidades de organizar la prevención de riesgos (que lo lleve la propia empresa, un servicio ajeno, etc.). Con 5 trabajadores, si cumplís el resto de los requisitos del art.11, puede llevarlo a cabo la propia asociación.
Lo más cómodo es que lo gestione un servicio de prevención ajeno, pero a veces son un poco caros y en los tiempos que estamos…
Todo ello, salvo mejor opinión.
Respuesta del participante:
20.11.12
Angel, muchas gracias por la respuesta.
Lo curioso del caso es que estamos constituidos desde 2008 y los asesores que habíamos tenido hasta la fecha nunca nos habían hablado de este asunto.
Creo que vamos a empezar a mirar un servicio de prevención externo, y sí, de momento lo que hemos visto es un poco caro!
Gracias y saludos.