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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva Jiménez

¿Debemos comunicar en Hacienda la gratificación que damos a una persona becaria? ¿Cómo se contabiliza?

26.07.10

Vamos a tener durante 4 meses a una becaria; no tenemos hecho ningún contrato, simplemente un formulario de prácticas que nos envía la Universidad. En él se especifica que tenemos que retribuirle 200€/mes bruto. Mi pregunta es: ¿Tenemos que comunicarle a Hacienda algo? ¿Debemos practicarle una retención del 19% como he visto? ¿A qué cta. la llevo a la 640 ó 649?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

26.08.10

Hola Eva;

No es necesario que comuniquéis nada hacienda pues se trata de una colaboración esporádica y puntual y por muy bajo coste.

Lo ideal es que firmara un recibo a final de cada mes o si lo preferís una hoja de liquidación de dietas (los financiadores aceptan mejor la segunda opción).

Para contabilizarlas, yo las pondría en la cuenta 651 (ayudas monetarias individuales) con cargo a una 412 o 572.

Saludos,

solucionesong.org
Un proyecto de