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Consulta formulada por:
¿Debemos aplicar el XVI Convenio de Centros y servicios de atención a personas con discapacidad si está derogado?
16.02.17
Hola,
¿Debemos continuar aplicando el XVI Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, estando derogado?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Economista, Auditor no ejerciente. Miembro del ROAC. Especialista en Fundaciones y ONL. Miembro del equipo de GP7. Director Financiero del Grupo Fundación DFA
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Asesor particular
22.02.17
El artículo 7 del XIV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad establece que: “El presente convenio quedará automáticamente prorrogado por anualidades de no mediar denuncia expresa y por escrito del mismo.
Denunciado el convenio, salvo el deber de paz, e*l mismo continuará vigente* y plenamente aplicable…hasta que sea sustituido por el nuevo convenio...”
En cualquier caso, hay que seguir aplicando el convenio porque sigue vigente, no ha caducado.
Para cualquier otra consulta puedes dirigirte a nuestra página web Texto del enlace…