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Consulta formulada por:
¿Debe una ESL darse de alta en el IAE si va a impartir formación para la que se cobra una matrícula a los alumnos/as?
29.07.14
Hola,
¿Debe una ESL darse de alta en el IAE si va a impartir formación para la que se cobra una matrícula a los alumnos/as? ¿En qué epígrafe?
Gracias.
Respuestas
Suficiente
Aportada por:
Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org
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Asesor particular
29.07.14
Estimado Christian,
Aquí tienes todas los epígrafes:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/ADUA/internet/es/aeat/dit/adu/adws/certificados/Tabla_de_epigrafes_IAE.pdf
El tema de educación está dentro del apartado 93 (en la página 16). El “933.9 Otras actividades de enseñanza” se podría aplicar , o el 931 para educación reglada y el 932 para enseñanza no reglada.
Espero haber sido de ayuda. Un saludo cordial,
Bernardo Naranjo
gestion@balendu.org
La respuesta no es vinculante
Buena
Aportada por:
http://www.consultoriadefundaciones.es/
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30.07.14
Efectivamente debéis presentar un Modelo 036 por el inicio de la actividad . Pero no tendréis que pagar por el impuesto, al ser una nueva actividad (exención de los dos primeros años). Además también se aplica la exención para facturaciones inferiores a un millón de euros. Por último, si estáis acogidos a la Ley 49/2002 (régimen fiscal del mecenazgo) la exención será indefinida independientemente de la facturación.
Saludos,
Juande
Respuesta del participante:
30.07.14
Muchísimas gracias por la información, me ha sido elevadamente útil. Un cordial saludo y gracias a los asesores!!