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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Usuario dado de baja

¿De qué forma puede una asociación integrarse en una fundación?

04.04.05

Hemos recibido una propuesta de una asociación que trabaja con inmigrantes para integrarse en nuestra fundación y nos gustaría conocer si esto es posible, y, en su caso, qué tipo de legislación, hay al respecto.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

05.04.05

Hay diferentes posibilidades: la más sencilla, es que establecieran un convenio de colaboración.

Pero si lo que buscan es una relación más estrecha, sugiero 2 posibilidades, recogidas en LEY 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
http://wwwn.mec.es/mecd/fundaciones/leg/docs/ley_fundaciones_boe271202.pdf

-Incorporar a la asociación al Patronato, manteniendo ésta su personería jurídica, y sin disolverse: “Las personas jurídicas podrán formar parte del Patronato, y deberán designar a la persona o personas físicas que las representen en los términos establecidos en los Estatutos.”
Si sus estatutos no permiten la incorporación de personas jurídicas, deberán enmendarlos previamente.

-Si lo que propone la asociación es una incorporación plena, desapareciendo como entidad jurídica independiente, la asociación podría incorporar su patrimonio a la Fundación: “Formarán también parte de la dotación los bienes y derechos de contenido patrimonial que durante la existencia de la fundación se aporten en tal concepto por el fundador o por terceras personas, o que se afecten por el Patronato, con carácter permanente, a los fines fundacionales”, procediendo a disolverse. En ese caso, si optan por dar cabida en el patronato a algún representante de la desaparecida asociación, será a título individual, ya que no es posible ejercer la representación de una entidad que ya no existe.

Si tienen dudas, diríjanse a su Patronato en el MEC, ya que dentro de sus funciones está el “Asesorar a las fundaciones ya inscritas sobre su régimen jurídico, económico-financiero y contable, así como sobre cualquier cuestión relativa a las actividades por ellas desarrolladas en el cumplimiento de sus fines, prestándoles a tal efecto el apoyo necesario.”

Un cordial saludo, y suerte
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#2

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

05.04.05

Para esa asesoría, como ya saben, su Protectorado en el MEC, está en:

SUBSECRETARIA. SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
DIVISIÓN DEL PROTECTORADO DE FUNDACIONES
Plaza del Rey, 1, 2ª Planta. 28071 MADRID (Edificio Siete Chimeneas) Teléfono: 91 701 72 84. Fax: 91 701 70 05
Correo electrónico: fundaciones@subse.mcu.es

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#3

Respuesta del participante:

Usuario dado de baja

14.04.05

Muchas gracias a todos

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