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Consulta formulada por:
¿De qué forma puede una asociación integrarse en una fundación?
04.04.05
Hemos recibido una propuesta de una asociación que trabaja con inmigrantes para integrarse en nuestra fundación y nos gustaría conocer si esto es posible, y, en su caso, qué tipo de legislación, hay al respecto.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
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Asesor particular
05.04.05
Hay diferentes posibilidades: la más sencilla, es que establecieran un convenio de colaboración.
Pero si lo que buscan es una relación más estrecha, sugiero 2 posibilidades, recogidas en LEY 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
http://wwwn.mec.es/mecd/fundaciones/leg/docs/ley_fundaciones_boe271202.pdf
-Incorporar a la asociación al Patronato, manteniendo ésta su personería jurídica, y sin disolverse: “Las personas jurídicas podrán formar parte del Patronato, y deberán designar a la persona o personas físicas que las representen en los términos establecidos en los Estatutos.”
Si sus estatutos no permiten la incorporación de personas jurídicas, deberán enmendarlos previamente.
-Si lo que propone la asociación es una incorporación plena, desapareciendo como entidad jurídica independiente, la asociación podría incorporar su patrimonio a la Fundación: “Formarán también parte de la dotación los bienes y derechos de contenido patrimonial que durante la existencia de la fundación se aporten en tal concepto por el fundador o por terceras personas, o que se afecten por el Patronato, con carácter permanente, a los fines fundacionales”, procediendo a disolverse. En ese caso, si optan por dar cabida en el patronato a algún representante de la desaparecida asociación, será a título individual, ya que no es posible ejercer la representación de una entidad que ya no existe.
Si tienen dudas, diríjanse a su Patronato en el MEC, ya que dentro de sus funciones está el “Asesorar a las fundaciones ya inscritas sobre su régimen jurídico, económico-financiero y contable, así como sobre cualquier cuestión relativa a las actividades por ellas desarrolladas en el cumplimiento de sus fines, prestándoles a tal efecto el apoyo necesario.”
Un cordial saludo, y suerte
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Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
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Asesor particular
05.04.05
Para esa asesoría, como ya saben, su Protectorado en el MEC, está en:
SUBSECRETARIA. SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
DIVISIÓN DEL PROTECTORADO DE FUNDACIONES
Plaza del Rey, 1, 2ª Planta. 28071 MADRID (Edificio Siete Chimeneas) Teléfono: 91 701 72 84. Fax: 91 701 70 05
Correo electrónico: fundaciones@subse.mcu.es