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Consulta formulada por:
¿Cuántos años debemos conservar las nóminas de los trabajadores?
02.10.14
Hola,
¿Cuántos años debemos conservar las nóminas de los trabajadores?
Gracias.
Respuestas
Excelente
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
02.10.14
Buenas tardes.
La legislación laboral prevé un plazo de prescripción de 4 años para la documentación laboral.
Sin embargo la legislación fiscal, obliga a conservar los documentos que acreditan los gastos para determinar la base imponible por un periodo de seis años.
Por tanto y dado que las nóminas y seguros sociales, son documentos que acreditan gastos necesarios para determinar la base imponible del IS, prevalece este último plazo de 6 años, durante los cuales Hacienda puede pedir las nóminas y seguros sociales.
El computo de los años a efectos fiscales es desde el ultimo día del plazo para presentar el IS (Impuesto de sociedades), por lo que por ejemplo las nóminas de 2013. deben conservarse hasta el día 26 de julio de 2020.
Saludos.
Jose Antonio Jimenez Puertas.
Respuesta del participante:
03.10.14
Buenos días,
Me parece una respuesta justificada y por tanto de gran utilidad.
Les estoy muy agradecida.
Un saludo