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Consulta formulada por:
¿Cuánto tiempo debemos de guardar documentos oficiales no vigentes?
07.07.10
¿Cuánto tiempo hay que guardar los documentos oficiales de la asociación que ya no están vigentes nóminas antiguas y otros antes de poder tirarlos?
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
07.07.10
A efectos tributarios, el plazo de prescripción de los distintos impuestos es de cuatro años, aunque en el supuesto de compensación de bases imponibles negativas, tendremos que conservar la documentación del periodo en que se generaron.
Por otro lado, el Código de Comercio establece la obligación de conservar la documentación durante al menos seis años. Aunque esta norma no sea en principio de aplicación a las entidades sin ánimo de lucro, también puede ser una buena referencia.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.