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Consulta formulada por:
Cuando un socio se da de baja ¿Su número se da al siguiente en inscribirse?
19.02.15
Hola,
Tengo una consulta respecto a los socios/as. Cuándo un socio/a se inscribe a una entidad, hay que darle de alta y se le adjudica un número en el libro de socios. Pero, si se da de baja, ¿este número se pierde, o se le da al siguiente en inscribirse?
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
01.03.15
Estimado Alejandro: en relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: para dar una respuesta adecuada a la cuestión que nos eleva debemos de partir de lo referido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, el cual establece lo siguiente:
“1.Las asociaciones han de disponer de una relación actualizada de sus asociados, llevar una contabilidad que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad, así como las actividades realizadas, efectuar un inventario de sus bienes y recoger en un libro las actas de las reuniones de sus órganos de gobierno y representación. Deberán llevar su contabilidad conforme a las normas específicas que les resulten de aplicación”.
Así pues, a la luz de lo expuesto en dicho precepto legal, cabe afirmar que estamos en presencia de un asunto relativo a la potestad de autoorganización asociativa, no existiendo prohibición legal para efectuar la asignación a un nuevo socio del que disponía uno anterior que ha causado baja, a salvas de que vuestros estatutos establecieran lo contrario.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com