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Consulta formulada por:
Josep Lluis Albarracìn de la Torre
Cuando se resuelva el proceso de impugnación del convenio estatal de acción e intervención social ¿estaremos obligados a acogernos a él?
17.10.07
Nuestra entidad tenía convenio propio hasta diciembre de 2006 y en este momento estamos en proceso de negociación, pero de momento no hemos llegado a un acuerdo.
El convenio marco estatal de intervención social, siendo un convenio de mínimos, es mejor que nuestro convenio de empresa. Nos interesaría saber hasta que punto podemos exigir a los patrones de nuestra fundación que apliquen dicho convenio y cuando se haya resuelto el proceso de impugnación ¿nuestra fundación estará obligada a acogerse al convenio marco estatal de acción e intervención social?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Gerente Plena Gestion Social SL
Trabaja en:
Asesor particular
20.10.07
Josep Lluis, como bien dices el convenio esta recurrido, veremeos a ver en lo que queda esta mala experiencia, pero de todas formas el propio texto de convenio admite una formula de descuelgue, es decir de no aplicacion por diversos motivos, entre ellos economico . El proceso esta establecido en el texto de convenio
Fermin Aparicio
fermin@plenaonline.es
Opinión anónima
24.10.07
Coincido con la solución aportada por Fermín Aparicio. Además en caso de concurrencia de convenios se podría alegar el principio de norma más favorable que en este caso es el convenio estatal