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Consulta formulada por:
¿Cuándo es obligatorio presentar el modelo 347?
03.03.11
Hola a todos. ¿Es obligatorio presentar el modelo 347 si sólo recibimos subvenciones que se destinan a proyectos fuera de España y no facturamos a clientes? El importe de las subvenciones sí supera los 3.000 euros.
Gracias anticipadas.
Respuestas
Aportada por:
SULAYR
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Asesor particular
04.03.11
Si estan obligados.
Si ningun proveedor o cliente, o administracion publica supera una cifra d enegocio superior a 3000 euros, pues no identifican a nadie, pero presentelo, se evitara problemas.
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
04.03.11
El Modelo 347 se refiere a transacciones comerciales y la subvenciones no lo son. No obstante, como es una declaración informativa, el hecho de presentarlo no tiene mayor implicación.
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
05.03.11
No se presenta el modelo de operaciones con terceros (347) si la asociación no realiza actividad económica alguna o su actividad queda fuera del ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.