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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Javier Gonzalez

¿Cuándo es obligatorio presentar el modelo 347?

03.03.11

Hola a todos. ¿Es obligatorio presentar el modelo 347 si sólo recibimos subvenciones que se destinan a proyectos fuera de España y no facturamos a clientes? El importe de las subvenciones sí supera los 3.000 euros.

Gracias anticipadas.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

04.03.11

Si estan obligados.
Si ningun proveedor o cliente, o administracion publica supera una cifra d enegocio superior a 3000 euros, pues no identifican a nadie, pero presentelo, se evitara problemas.

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#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

04.03.11

El Modelo 347 se refiere a transacciones comerciales y la subvenciones no lo son. No obstante, como es una declaración informativa, el hecho de presentarlo no tiene mayor implicación.

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#3

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

05.03.11

No se presenta el modelo de operaciones con terceros (347) si la asociación no realiza actividad económica alguna o su actividad queda fuera del ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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