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Consulta formulada por:
Cuando comienza una nueva junta, ¿puede desempeñar funciones desde el primer día?
03.06.13
Hola,
Cuando se realizan elecciones y una nueva junta directiva comienza, ¿las funciones las pueden desempeñar desde el primer día o hay un periodo obligatorio “de transición o traspaso de poderes”? En los Estatutos de la entidad no dice nada.
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Equipo SolucionesONG.org
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03.06.13
Hola,
Te paso una consulta recientemente resuelta que te puede ayudar:
¿Hay un periodo fijado para el traspaso de funciones de una junta directiva a la siguiente?
¡Saludos!
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
03.06.13
En relación con la consulta establecida, paso a informar lo siguiente: en primer lugar, en la cuestión planteada deberá estarse a lo dispuesto en vuestros estatutos o, en su caso, reglamento de régimen interno, si existe el mismo en vuestro seno asociativo. Para el caso de no especificarse nada al respecto, ni en los estatutos ni en el Reglamento de régimen interno, lo cual sería lo correcto desde la perspectiva jurídica, habrá de estarse a la proclamación del nuevo órgano de representación mediante el anuncio del resultado de las elecciones en la asamblea general.
En suma, pues, los nuevos miembros electos de la Junta Directiva tomarán posesión de su cargo, previa aceptación del mismo y, en consecuencia, asumirán las funciones inherentes a dicho órgano representativo, en la misma asamblea en la que resulten elegidos.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com