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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Manuel Soria González

¿Cuáles son los trámites para acceder a la fiscalía, con objeto de que actúen de oficio?

18.12.03

Nos gustaría saber cuáles son los trámites para acceder a la fiscalía, con objeto de que actúen de oficio. También querría saber si tienen la obligación de actuar, así como cualquier otra información que nos pueda servir de ayuda con respecto a este tema.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

19.12.03

En términos generales, y conforme al artículo 105 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Fiscalía vendrá obligada al ejercicio de cuantas acciones penales estime procedentes, salvo aquéllas que el Código Penal reserva a la querella privada.-
La intervención del Ministerio Público tendrá lugar desde el instante mismo en que tenga noticia de un hecho que revista los caracteres de delito, sea en virtud de denuncia o atestado, practicando él mismo, u ordenando a la Policía Judicial que practique las diligencias que estime pertinentes para la comprobación del hecho o de la responsabilidad de los partícipes en el mismo, decretando el archivo si estima que el hecho no reviste los caracteres de delito. Todo ello de conformidad con el artículo 773.2 de la L. E. Cr..-

Esta respuesta no es vinculante.-

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#2

Opinión anónima

23.12.03

Totalmente de acuerdo con mi compañero Juan Tellez.

También, en la praxis, los temas que yo he llevado de delito ecológico o denuncias de temas ecológicos o medioambientales los hemos dirigido, al menos en Valencia, a través del fiscal especial de mediambiente. Nosotros lo que hicimos fue una tactica politica-juridica: nos entrevitamos primero con el fiscal jefe (lo encontrais en la fiscalía del TSJ) para hacerle llegar la denuncia, el nos encauzo al fiscal especial y luego de reunirnos con el mismo para explicarle el asunto presentamos la denuncia por escrito a la fiscalía. En nuestro caso se abrieron diligencias y se instruyó causa por delito ecológico.
La otra forma más común es presentar denuncia ante el Juzgado de Guardia, ya que son delitos perseguibles de oficio, o bien mediante querella (pero os podeis encontrar con que tengais que prestar fianza, dependiendo del caso, aunque suelen ser benévolos con las cuantías).

Es una breve aproximación, pero espero que os valga.

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