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Consulta formulada por:
¿Cuales son los beneficios fiscales que puede tener una empresa por colaborar con una asociación sin animo de lucro?
05.02.10
Hola,
¿Podríais decirme cuáles son las ventajas fiscales que puede obtener una empresa por colaborar con nosotros, si somos una asociación sin animo de lucro?.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
08.02.10
Aportada por:
Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org
Trabaja en:
Asesor particular
08.02.10
Estimado Pablo,
Complementando a lo que ha dicho José Antonio, las que pueden acogerse a dicha Ley son las Fundaciones y las Asociaciones declaradas de utilidad pública.
En IRPF además, existen otras deducciones de tipo autonómico que se añaden al 25% estatal.
Espero haberte servido de ayuda. Un saludo cordial,
Bernardo Naranjo
gestion@balendu.org
Opinión anónima
10.02.10
Hola Pablo,
Coincido con mis compañeros: Si cumples los requisitos para acogerte a la Ley 49/2002, en general, serían: Las empresas, un 35% en el IS, y las pesonas físicas, un 25%. Ten en cuenta los límites en la deducción!!
Gracias