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Consulta formulada por:
¿Cuál es la cuota mensual que debe pagar un autónomo? ¿Ahora es más favorable?
26.06.13
Hola,
Quería saber cuál es la cuota mensual que debe pagar un autónomo a parte del IRPF. He oído que ha cambiado y que ahora es más favorable bajo algunas condiciones. ¿Es cierto?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
26.06.13
Imagino que te refieres a la Seguridad Social y eso depende del régimen en el que te des de alta. ¿Por qué no preguntas directamente en la Tesorería?
Opinión anónima
26.06.13
Buenas tardes,
Tras la entrada en vigor, el pasado 24 de febrero de 2013, del Real Decreto de medidas de apoyo al emprendedor, hay bonificaciones en las cuotas en el Régimen de Autónomos para menores de 30-35 años y personas con discapacidad.
Para menores de 30 años, ahora existen dos bonificaciones “alternativas”:
1.- Menores de 30 años edad (35 años si se trata de mujeres)
En el supuesto de trabajadores, incorporados al Régimen de Autónomos a partir de la entrada en vigor del Estatuto del Trabajo Autónomo (12 de octubre de 2007), que tengan 30 o menos años de edad (o 35 años si se trata de mujeres), se aplicará sobre la cuota por contingencias comunes que corresponda, en función de la base de cotización elegida y del tipo de cotización aplicable, una reducción, durante los 15 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 30 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento en este Régimen, y una bonificación, en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción, de igual cuantía que ésta (30%).
La duración total del Incentivo es de 30 meses: Una reducción de 15 meses y una bonificación posterior de otros 15 meses, del 30% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima de cotización vigente en el Régimen de Autónomos. Para el año 2013 la cuota aproximada a pagar con la bonificación e Incapacidad Temporal es de 180 euros/mes.
*2.- Menores de 30 años de edad (30 años también para mujeres) *Se aplica a partir del 24 de febrero de 2013 la conocida como “tarifa plana de 50 euros”, de forma “alternativa” a la anterior y siempre que se cumplan los siguientes requisitos: • Que el trabajador tenga menos de 30 años. • Que se trate de alta inicial o que no hubiera estado en situación de alta en el Régimen de Autónomos en los cinco años inmediatamente anteriores. • Que no tenga contratados trabajadores.
En estos casos podrán aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones: a) Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta (*52 euros aprox.*) b) Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes (*129 euros aprox.*) c) Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes (*180 euros aprox.*) d) Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción (*180 euros aprox.*)
La duración total de este Incentivo es también de 30 meses. Puede optarse por esta alternativa y cambiar a la primera, pero la suma total de las mismas no puede superar los 30 meses.
Las cuantías indicadas se han fijado en función de las bases y tipos de cotización para el año 2013.
Te dejo asimismo el link de la publicación en el BOE:
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-2030
Un saludo.