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Consulta formulada por:
¿Cuál es el tratamiento fiscal que se recibe por ser beneficiarios de una herencia o legado?
11.06.06
Somos una fundación y nos gustaría saber cuál es el tratamiento fiscal que se recibe por ser beneficiarios de una herencia o legado.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
12.06.06
Así esquemáticamente apuntaría que cuando una herencia/legado lo recibe una PERSONA FÍSICA entonces es aplicable el Impuesto de Sucesiones (6 meses para liquidarlo, es un impuesto cedido a las comunidades por lo que hay que cudir a ellas para informarse).
Pero en este caso parece que quien lo recibe no es una persona física sino JURÍDICA, en cuyo caso entiendo que lo que perciba se calificaría como un incremento de patrimonio dentro del Impuesto de Sociedades.
Adicionalmente a esto, y si entre lo heredado se encuentra algún inmueble, habría que liquidar también el Arbitrio sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (el “impuesto de plusvalía” en el argot). Impuesto de carácter municipaL, habría que dirigirse al ayuntamiento donde radica el inmueble para informarse.
Saludos
Opinión anónima
12.06.06
Respecto del Impuesto sobre Sociedades:
- Si estuviera acogida(mirar en su declaración censal 036) a la Ley 49/2002 y cumple todos y cada uno de los requisitos regulados en su artículo 3 la herencia o legado estaría exenta del Impuesto sobre Sociedades, puesto que, en su artículo 6 establece que tanto las rentas derivadas de donativos, donaciones, adquisiciones o transmisiones por cualquier título son rentas exentas.
- Si no estuvieran acogidos a la Ley 49/2002 tendrían que acudir al Real Decreto Legislativo 4/2004, en su artículo 121, que también considera como renta exenta los donativos, donaciones, y transmisiones a título gratuito.
Por tanto, con independencia del régimen fiscal aplicable las rentas derivadas de lo donado estarán exentas del Impuesto sobre Sociedades.
Esta respuesta no es vinculante
Suficiente
Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
Trabaja en:
Asesor particular
13.06.06
Les remito a las consultas:
“Contabilización herencias a ONG”
http://www.solucionesong.org/asesoria/consultas/consulta/?id=1602
“Contabilización de herenciasy/o legados”
http://www.solucionesong.org/asesoria/consultas/consulta/?id=1139
“Contabilización y fiscalidad de herencias”
http://www.solucionesong.org/asesoria/consultas/consulta/?id=804