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Consulta formulada por:
¿Cuál es el plazo de adaptación a Ley de las asociaciones deportivas?
02.03.04
¿Cuál es el mismo plazo de adaptación a Ley de las asociaciones deportivas?.
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
03.03.04
Aunque la cuestión, a mi modo de ver, resulta dudosa, entiendo que las asociaciones deportivas, inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas del Ministerio de Educación, cultura y deporte, y sometidas a su legislación específica (Ley 10/90) no vienen obligadas a adaptar sus Estatutos a la Ley Orgánica de Asociaciones, por las siguientes razones:
1.- La disposición final 4ª de la la Ley 10/90 establece reglas propias para que los clubes y asociaciones deportivas sometidos a ella, procedan a adaptar sus Estatutos.-
2.- Su inscripción es obligatoria, no en el Registro de Asociaciones, sino en el Registro de Asociaciones Deportivas.-
3.- El artículo 17 de la Ley 10/90 regula con detalle los Estatutos de las asociaciones o clubes deportivos, en parecidos términos al artículo 7 de la Ley Orgánica.-
4.- El artículo 1.3 de la Ley Orgánica 1/02 establece que se regirán por su legislación específica las federaciones deportivas y las asociaciones reguladas por leyes especiales.- Sin embargo, sí es verdad que esta Ley Orgánica rige con carácter supletorio, es decir, en defecto de regulación especial. Pero es que esta regulación específica sí existe, en la Ley del Deporte, por eso entiendo que no es de aplicación, para las asociaciones deportivas, la obligación de adaptar Estatutos.-
Por lo demás, la única referencia a las asociaciones deportivas que se contienen en la Ley Orgánica se contiene en la Disposición Adicional Primera, sobre declaración de utilidad pública.-
Esta respuesta no es vinculante.-
Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
Trabaja en:
Asesor particular
04.03.04
Estoy de acuerdo con lo expresado por J. Téllez:
para que no haya duda, les recuerdo, que la propia Ley Orgánica de Asociaciones del 2002, expresa en el artículo 1.3, que “Se regirán por su legislación específica los partidos políticos; los sindicatos y las organizaciones empresariales; las iglesias, confesiones y comunidades religiosas; las federaciones deportivas; las asociaciones de consumidores y usuarios; así como cualesquiera otras reguladas por leyes especiales.”
un saludo