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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Sede Agua de Coco

Convenios de colaboración entre Empresas y ONG

23.12.04

Nos gustaría conocer para qué tipo de asuntos se están estableciendo Convenios de colaboración entre Empresas y ONG.

¿Qué contenidos mínimos deben tener?. ¿Dónde podríamos encontrar modelos?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

28.12.04

Buenos días Mª Paz:
El tema que propones como consulta es tan amplio y variado como complejo. Este es un campo que en este país todavía levanta recelos, pero te diré que es una práctica muy habitual en países de nuestro entorno como Francia, Alemania, Belgica…etc. Yo estoy en CEPAIM, que es un consorcio que trabaja con inmigrantes, en nuestro caso los convenios con empresas son para ampliar la bolsa de trabajo, es decir, casar las ofertas con las demlandas, además damos formación a los empresarios en temas como la Reforma de la Ley de Extranjería, el lnuevo Reglamento, Interculturalidad…etc.
Los contenidos se dictan entre ambas partes, por tanto no existe una receta de contenidos mínimos, salvo los que normalmente se inscriben en un convenio, como son: identificación de ambas partes así como las personas que los van a firmar, a partir de aquí tu puedes plasmar en unconvenio lo que quieras, claro esta siempre que no vaya en contra de la Ley.
Una vez firmado el convenio lo puedes elevar a público (llevandolo a un Notario) o que permanezca en el ámbito privvado, todo depende del uso que quieras darle.
Los modelos los puedes bajar de Internet, o buscarlos en el Boletín Oficial del Estado, adaptándolos a tu caso particular.
Sin nada más un cordial saludo.

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

28.12.04

El convenio de colaboración es un acuerdo muy sencillo por virtud del cual una empresa ayuda económicamente a una entidad sin ánimo de lucro, comprometiéndose ésta, a cambio, a difundir por cualquier medio la participación del colaborador en las actividades sociales de la entidad.

Se me ocurren los siguientes ejemplos como difusores de la colaboración de la empresa donante:

- Placa en la sede del domicilio social de la entidad, en la que se indique (por ejemplo) “La obra social de esta entidad se desarrolla con la colaboración de …”.

- Vallas publicitarias o anuncios con el nombre de la empresa colaboradora en pabellones o lugares donde celebre acontecimientos la entidad.

- De igual manera, la empresa donante podrá hacer referencia en su publicidad al hecho de colaborar con una entidad sin ánimo lucro.

Los efectos que la citada colaboración supone para la empresa, es que las cantidades aportadas constituyen gasto deducible en su Impuesto sobre Sociedades, siempre que la colaboración se realice en favor de una de las entidades previstas en la Ley 49/2002 (entre otras, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y ONG).

La citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre, regula en su artículo 25 los convenios de colaboración.

En cuanto a la forma de celebrar el convenio de colaboración, de la lectura de la Ley anteriormente citada parece desprenderse que el mismo debe hacerse por escrito; no obstante, su redacción o contenido pueden ser muy sencillo, estableciendo simplemente la voluntad (por parte de la empresa colaborada) de colaborar en la actividad social de la entidad, mediante aportación económica (que podrá determinarse o cuantificarse en el documento), obligándose la entidad beneficiaria a difundir la participación del colaborador.

Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com

con una de las entidades previst
Como ejemplos habituales de la difusión de la empresa colaboradora, la placa que se coloca en la sede social de la entidad sin ánimo de lucro en la que se indique

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#3

Opinión anónima

30.12.04

Estimada M. Paz:

En la relación entre una empresa y una ONG caben infinitas posibilidades, tantas como ideas innovadoras tenga vuestra entidad y sean consideradas como atractivas por parte de una empresa. La colaboración se puede concretar en una aportación económica (ya sea puntual o periódica), asesoramiento gratuito en algún tema que sea de vuestro interés, prestación de forma gratuita de algún servicio, donación de bienes, trabajo voluntario en vuestra organización…

Como podrás observar las posibilidades son múltiples y van a depender del interés que vuestro proyecto o vuestras actividades susciten en las empresas a las que os dirijáis. A partir de ahí concretarlo en un documento va a depender, en cierta manera, de si se considera necesario reflejar en un documento esa relación o si la empresa donante os solicita la emisión de un certificado de donación por motivos fiscales (siempre que seáis una fundación o una asociación de utilidad pública).

Un cordial saludo y feliz año.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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#4

Opinión anónima

04.01.05

Dependiendo de la actividad de la ONG y de la empresa, considero que se pueden suscribir convenios de todo tipo, colaboración, intercambio de servicios, prácticas, pasantías, el contenido mínimo es el objeto, el plazo, si existe remuneración, que pasa si una de las partes no cumple, algun tipo de multas o si no consideran necesario, no.
Practicamente es muy parecido a un contrato.
Suertes,
Sandra

solucionesong.org
Un proyecto de