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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Manuel Ruíz Correro

Contabilidad y fiscalidad de un contrato de cesión firmado con una empresa

26.03.07

Somos una asociación dedicada a la promoción de personas con discapacidad. En 2006, obtuvimos un mini-bus mediante un contrato de cesión, en el que la empresa de publicidad nos cede y transmite el vehículo por su valor más el IVA y nosotros a cambio, les cedemos y transmitimos el derecho de su uso sobre la superficie del vehículo durante 5 años por importe igual al del vehículo más el IVA.

Nos gustaría saber cómo debemos contabilizar dicha operación, ¿podríamos poner en plazos el ingreso de la factura en los 5 años a que se refiere el contrato? ¿El periodo de amortización del mini-bus podría ser de 5 o 10 años?

Respecto a la fiscalidad, nos gustaría saber si estamos obligados a presentar el Impuesto de Sociedades y si debemos presentar las declaraciones de pagos fraccionados o solo la declaración anual, ¿Cuál será el tipo impositivo?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Enrique Rua Alonso de Corrales

Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

Trabaja en:

Asesor particular

09.04.07

Estimado Manuel, he estado mirando tu consulta intentado buscarle una respuesta contable, y la verdad es que tengo dificultad porque no se si entiendo bien la operación.
Segun entiendo una empresa os ha entregado la PROPIEDAD de un vehiculo de transporte (es que como dices que os cede y transmite no tengo claro si es o no propiedad vuestra), por otra parte entiendo que se trata de una donación, es decir que no ha existido contraprestación por vuestra parte.
Por otra lado vosotros les cedeis el uso (tambien sin recibir contraprestación por ello?aunque como luego preguntas como contabilizar “el ingreso de la factura?lo que si está claro que si recibis un ingreso por el total de los 5 años dicho ingreso deberá periodificarse durante esos 5 años) de uso sobre la superficie (eso de “sobre la superficie” tambien me genera dudas), es decir entiendo que el vehiculo lo van a utilizar ellos?o realmente que es lo que le habeis cedido?
En cuanto al periodo de amortización del autobus, si es de vuestra propiedad y está contabilizado como tal ahí no me cabe duda, la amortización se realizará en función de la vida util del bien, es decir, creo que son 10 años.
En el tema fiscal no te puedo ayudar.
De cualquier forma si te parece bien mi correo es ruaalo@ceu.es, y si me dejas claro esas dudas que tengo quiza pueda darte una posible solución al caso, porque creo que son demasiadas dudas las que me asaltan y en lugar de ayudarte te voy a liar más.
Recibe un cordial saludo
Enrique
Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

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