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Consulta 036 Hacienda lugar de realización de la actividad
23.09.22
Buenos días,
Nuestra Asociación sin ánimo de lucro, desarrolla su actividad principalmente en las instalaciones de un Colegio Público que nos ceden voluntariamente unas aulas por las tardes, para realizar actividades con jóvenes en riesgo de exclusión social. Adicionalmente, realizamos excursiones en entornos de ocio.
En Hacienda, en el modelo 036, tenemos que especificar el lugar de realización de la actividad (local), y se nos plantean las siguientes cuestiones:
¿Tenemos que poner como local determinado la dirección de ese colegio Público? ¿ o tenemos que poner la opción de que la actividad se desarrolla fuera de un local determinado? Para dejarlo más abierto ya que también realizamos excursiones. Desconocemos si además, es legal o correcto que nosotros pongamos la dirección de un colegio Público en nuestro modelo de hacienda.
Gracias por sus comentarios.
Un afectuoso saludo
Respuestas
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
12.02.23
En relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: inicialmente, a tenor de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, no existe impedimento legal para establecer un domicilio de un colegio de titularidad pública como domicilio social de vuestra entidad, aunque debe de tenerse en cuenta que el concepto de “sede asociativa” va íntimamente ligado al lugar dónde se ubique la actividad de la asociación, así como por el hecho de que la entidad asociativa, en base a la actividad o actividades a realizar en la sede social, de suyo, puede verse obligada a obtener diversas autorizaciones administrativas, tales como licencias municipales de apertura, de actividad, etc.
Dicho lo anterior, cabe referir que la entidad asociativa al presentar el Modelo 036 ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, deberá acreditar el documento en virtud del cual están autorizados para disponer de un local en un colegio público, siendo esencial la autorización de la Consejería o Departamento de Educación del cual dependa dicho colegio público.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com