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Consulta formulada por:
¿Con un trabajador se necesita hacer plan de prevención de riesgos laborales?
28.03.12
¿Las asociaciones sin ánimo de lucro necesitan plan de prevención de riesgos laborales cuando tienen un solo trabajador?
Gracias de antemano!
Respuestas
#1
Opinión anónima
17.05.12
Hola Ana Catalina,
Está permitido que la actividad preventiva se asuma directamente por la asociación sin necesidad de concertar con una entidad externa, cuando sean menos de 6 trabajadores.
La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, señala que la asociación podrá asumir personalmente esta actividad cuando se den las siguientes circunstancias:
- que desarrolle su actividad de forma habitual en el centro de trabajo.
- que tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos a los que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades desarrolladas.
Un saludo,
Salvador
http://puche29blog.wordpress.com/