Consultas Online
Comunicación a los socios de celebración de asamblea general
11.01.24
Hola,
En los estatutos de la asociación no se especifica la forma de comunicación a los socios de la celebración de las asambleas generales. ¿Es válida y suficiente la comunicación mediante la colocación de un aviso en el tablón de anuncios de la entidad?
Muchas gracias y un saludo
Respuestas
Aportada por:
Trabaja en:
Asesor particular
14.01.24
Buenos días; lo normal es que los Estatutos fijaran la forma de convocatoria de la Asdablea General. Efetivamente la ley de asociaciones solo se limita a disponer que “la Asamblea General se constituirá válidamente, previa convocatoria efectuada- quince días antes de la reunión, cuando concurran a ella, presentes o representados, un tercio de los asociados, y su presidente y su secretario serán designados al inicio de la reunión”.
En mi opinión no resultaría válida la convocatoria en la forma que se propone en la consulta toda vez que la difusión de la misma por ese medio no garantiza su conocimiento popr parte de los asociados al no tener por qué asistir a la sede de la asocición. Al no regularse en los Estatutos, considero necesaria la convocatoria por medio de comunicación directa a todos y cada uno de los asociados.
Un saludo,