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Compra de casa modular que se dona al Ayuntamiento
04.07.19
Hola,
Somos una Fundación sin ánimo de lucro.
Por acuerdo con el Ayuntamiento, compramos una casa modular que se nos ha facturado a nosotros, y que se ha instalado en terrenos del Ayuntamiento destinada a albergar inmigrantes.
Entendemos que esta compra debe ir directamente a una cuenta de gastos e inmediatamente contabilizar la donación, pero no se a qué cuenta de gastos debe ir la compra.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
04.07.19
Entiendo que aunque la casa se instale en terrenos del Ayuntamiento, es de vuestra propiedad, aunque revierta en el futuro al Ayuntamiento. Si es así, la casa se contabilizará como activo material en una cuenta 211 de construcciones, debiéndose amortizar en los plazos y porcentajes previstos en las tablas de amortización. No obstante, si el periodo de reversión al Ayuntamiento fuese inferior al periodo de amortización previsto en las tablas de amortización para las construcciones, se tomará el periodo de reversión como plazo de amortización.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
04.07.19
Gracias Juan,
Según el contrato la casa modular se dona al ayuntamiento para que este la instale en los terrenos que tiene para este fin.
Por eso creo que no debería ir a una cuenta de activo material.