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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Judith Sánchez

Compensación de gastos de viajes a proyectos en terreno y modelo para justificarlo

16.05.11

En nuestra organización tenemos una persona contratada trabajando en la contraparte local y, debido a la incomunicación de la zona, cada tres meses viaja a la ciudad para hacer gestiones.

Los gastos que tiene de estas salidas (transporte, hoteles, alimentación) son gastos de los proyectos, pero a veces cuesta recopilar todos los recibos, por lo que me surge la duda si sería posible entregar una cuantía económica a esta persona (que, como decía, tiene contrato laboral), para pagar los gastos que se derivan de estos viajes.

En caso que sea posible, ¿es necesario igualmente, aportar los justificantes, recibos, facturas, etc. a los financiadores de los proyectos? ¿Existe algún modelo de documento que sirva a modo legal o para las justificaciones?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Barbara Pascual Llorca

Analista contable, financiera y de estartegia desarrollo

Trabaja en:

Asesor particular

17.05.11

Buenos dias Judith,

Pues no hay ningun problema por enviarle dinero a esta persona para que vaya realizando los gastos.
Dicho esto es conveniente, que siempre que sea posible, disponga de los tikets o facturas de gastos y aquellos que no pueda porque muchas veces en terreno no hay posibilidad de que nos emitan ni siquiera un recibo que los apunte y los reporte también. desconozco las condiciones que hay pactadas con el financiador, a veces aceptan este tipo de desplazamientos hasta un límite, a veces si el viaje está justificado no hay límite…etc. Lo que si sería conveniente es que de aquello que no dispongais de tiket ni de factura haga esta persona un documento detallando la naturaleza del gasto, si es un desplazamiento el destino y el origen, la fecha y el importe y eso se selle por parte de la organización de forma que aseguremos la transparencia de nuestras acciones.

un abrazo

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#2

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

17.05.11

Hola Judith,

Efectivamente hay un modelo para este tipo de casos, se trata de la “liquidación de dietas y gastos de locomoción”, a la que sería genial adjuntarle cuantos más tickets mejor, aunque cierto que algunas veces es imposible, pero para ello está la planilla.

Adjunto archivo,

Saludos, Eva

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#3

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

17.05.11

Judith, de cualquier forma y como dice el compañero/a dependerá de las bases del financiador, no estaría de más comunicarle la situación y que os de el visto bueno no vaya a ser que por cualquier motivo o bien no acepte la planilla, o tenga otra propia o …

Saldudos, Eva

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#4

Aportada por:

Paola Bernal Fuentes

Gestora de Proyectos, interesada en la solidaridad. Perfil en Twitter: @paolabernalf

Trabaja en:

Asesor particular

17.05.11

Estimada Judith:

Yo te recomiendo que en primer lugar consultes las bases de la convocatoria u otros documentos (instrucciones de justificación, convenio, etc.,) en los que puedas comprobar los requisitos del financiador del proyecto. En caso de que esto no te resuelva la duda consulta directamente con la persona de referencia que tengas en el organismo que os ha concedido la subvención.

Ten en cuenta que puede haber diferencias: algunos admiten dietas (es decir que entregues una cantidad determinada de dinero a la persona que viaja sin soporte documental) y para otros todos los gastos deben estar soportados mediante facturas de gasto (es decir que además de la hoja de liquidación del viaje se aporten las facturas, billetes, tarjetas de embarque, etc.,), también ten en cuenta que puede ser diferente las limitaciones que se establecen tanto para el tipo de gasto como para el lugar de realización (viajes nacionales o al extranjero).

Siempre es conveniente que por cada viaje (requisito que es individual por persona para algunos financiadores) elaboréis una relación de justificantes de gastos –Hoja de Liquidación de Gastos de Viaje- por desplazamiento, en el se recogen entre otros: la entidad, el motivo del viaje, los lugares de origen y destino y cada uno de los gastos en que se ha incurrido.

Puedes tener en cuenta con carácter orientativo los límites fijados a nivel estatal por la Orden EHA/3771/2005 de 2 de diciembre (BOE 3 de diciembre) Se aplicarán los siguientes límites:

  • 0,19€ por el número de kilómetros recorridos
  • Para gastos de manutención, con pernocta, el límite será de 53,34 € diarios.
  • Sin pernocta, el límite para gastos de manutención será de 26,67 € diarios.

En cualquier caso vuelvo a reiterar lo primero que te indicaba: pregunta a la entidad a la que vas a presentar estos gastos, que considera admisible.

Te adjunto el manual de justificación (de 2010) de la AECID donde explica la forma de justificar este gasto.

Un saludo,

Paola Bernal

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#5

Respuesta del participante:

Judith Sánchez

17.05.11

Muchas gracias por todas las respuestas y los documentos de apoyo :) Voy a consultarlos.
Gracias!

Un saludo

Judith

solucionesong.org
Un proyecto de