Consultas Online
Compatibilidad del cargo de presidente con otras tareas en una asociación sin ánimo de lucro
28.12.22
Buenos días, quería consultarles si en una asociación sin ánimo de lucro en la que los estatutos configuran el cargo de presidente como no remunerado, el gerente u otro trabajador de la asociación podría presentarse como candidato a presidente, y seguir cobrando su salario por el puesto de trabajo que desempeñan, no por el cargo de presidente. Gracias. Saludos.
Respuestas
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Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.
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Asesor particular
29.12.22
Buenos días,
En primer lugar, habrá que estar a lo dispuesto en vuestros estatutos respecto a la posibilidad de que un miembro de la Junta Directiva, en este caso, el Presidente, pueda actuar en calidad de persona contratada por la asociación.
Si partimos de que los estatutos no prohíben dicha actividad, la misma podrá realizarse por vuestro Presidente, obviamente, bajo el amparo de una relación jurídica contractual, presumiblemente, laboral o, en su defecto, civil o mercantil.
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Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
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Asesor particular
29.12.22
Es posible que el presidente ejerza tareas remuneradas en la asociación pero el cargo de presidente y gerente me parece que tiene intereses contrapuestos. ¿Podría el presidente, por ejemplo, despedirse a si mismo como gerente o subirse el sueldo?.
Es difícil separar las tareas de presidente y gerente, habría que ser muy cuidadoso en separar ambas tareas y tener algún control sobre la tarea del gerente.
Saludos.
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Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
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Asesor particular
02.01.23
En relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: inicialmente, la consulta versa sobre el hecho de que en una entidad asociativa los Estatutos de la misma establecen el cargo de Presidente como no remunerado, existiendo la posibilidad de que el gerente u otro trabajador por cuenta ajena de la asociación pudieran presentarse a las elecciones a miembros de la Junta Directiva, y seguir percibiendo sus retribuciones por el puesto de trabajo que desempeñan en la entidad no lucrativa, no por el cargo que representan.
Al respecto, la cuestión que planteáis está resuelta de forma expresa para las asociaciones de utilidad pública, en concreto, en el art. 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (en adelante, LODA). Según este precepto legal, los miembros de los órganos de representación- que deben ser asociados según el art. 11 de la LODA - podrán recibir una retribución adecuada por la realización de servicios diferentes a las funciones que les corresponden como miembros del órgano de representación, en los términos y condiciones que se determinen en los Estatutos.
Con todo lo anterior, es compatible, por lo tanto, el cargo de Presidente (y asociado) con el de trabajador en una asociación de declaración de utilidad pública, en los términos que establezcan vuestros Estatutos, previsión que puede extenderse de forma analógica al resto de asociaciones no declaradas de utilidad pública. En este supuesto, en el caso de estar en presencia de una asociación no declarada de utilidad pública, lo recomendable es que se modificaran vuestros Estatutos e incorporéis dicha posibilidad si no estaba prevista en los mismos. A ello, cabe unir que si, además del salario como trabajador gerente u otro modalidad laboral, va a percibir una retribución por el cargo de Presidente, de suyo, también deberá estar previsto expresamente en los Estatutos asociativos mediante la correspondiente modificación estatutaria.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com