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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Maribel Pérez

Compartimos el alquiler de un local con otra asociación y queremos saber si un arrendador puede hacer dos recibos según el porcentaje de utilización.

08.05.07

Compartimos el alquiler de un local con otra asociación, aunque el contrato de arrendamiento está a nombre de una de las asociaciones. Nos gustaría saber si se podemos solicitar al arrendador del local que haga dos recibos de cada mes, uno para cada una de las asociaciones según el porcentaje de utilización del mismo.

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

09.05.07

Los recibos tendrán que girarse a nombre del titular del arrendamiento, que por lo que dices es sólo una de las asociaciones que ocupa el local. Para que los recibos se giren a cada una de las dos asociaciones según el porcentaje de ocupación, el arrendador debe aceptar esta situación, lo que daría lugar a la modificación del contrato de arrendamiento.
También cabría la posibilidad de que la asociación titular del arrendamiento subarrendara o cediera parte del local a la otra a cambio de la renta que correspondiese y fuera esta la que le girara los recibos correspondientes, pero ello daría derecho al arrendador a incrementar en un 10% el importe de la renta, y supongo que eso no os convendría.

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#2

Opinión anónima

09.05.07

En respuesta a su consulta, le informamos que el recibo del arrendamiento se gira a la persona que aparece en el contrato como arrendatario. Pueden solicitar del propietario que gire dos recibos, efectivamente, pero ello obligará a modificar el contrato previamente, para que las dos asociaciones sean arrendatarias.-

También hay que hacer notar que el subarriendo o cesión sólo serán posibles en caso de que el contrato de arrendamiento lo autorice. Si no lo autoriza, el propietario ha de hacerlo por escrito. Si lo hace, la LAU le autoriza a subri el alquiler un 10%, pero las partes pueden pactar un incremento superior.-

Asimismo, han de saber que, en caso de que el propietario no haya autorizado que la asociación no titular ocupe el local, podrá instar la resolución del arrendamiento por cesión o subarriendo inconsentido.-

Esta respuesta no es vinculante.-

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