Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Cómo se hace una asamblea general y qué documentos se necesitan para llevarla a cabo?
20.05.15
Hola,
Pertenezco a la Asociación “Desaplatánate” ocio activo y sostenible en Canarias y me gustaría realizar una consulta sobre diferentes aspectos de la gestión de una asociación, ya que somos una asociación relativamente nueva y nos encontramos un poco perdidos en estos aspectos.
-¿Cómo se hace una asamblea general? ¿Cuáles son los documentos necesarios para llevarla a cabo, cómo rellenarlos?...etc
- Formalizar el libro de cuentas, actas, libro de socios, fechas de declaración…etc
Si puedieran ayudarnos con esos temas serían de gran ayuda o si supiesen de alguna guía práctica actualizada para poder consultarla.
Gracias,
Saludos
Respuestas
Aportada por:
Equipo SolucionesONG.org
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21.05.15
Hola Aitor,
Te dejo varias consultas resueltas que te pueden ayudar:
¿Es obligatorio legalizar los libros de actas, socios y contabilidad?
¿Dónde tengo que llevar los libros de actas, socios y cuentas para legalizarlos?
¿Cuándo se puede hacer la asamblea general ordinaria?
¿Cuáles son las funciones de la asamblea general y de la junta directiva?
¡Saludos!
Aportada por:
Trabaja en:
Asesor particular
21.05.15
AITOR, BUENOS DÍAS. PARTE DE TUS DUDAS SE ENCUENTRAN REGULADAS EN LA LEY ORGÁNICA REGULADORA DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN, CONCRETAMENTE EN EL ARTÍCULO 12 A, B Y C., TE LOS DEJO POR AQUÍ:
b) Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11.3, la Asamblea General se convocará por el órgano de representación, con carácter extraordinario, cuando lo solicite un número de asociados no inferior al 10 por 100.
c) La Asamblea General se constituirá válidamente, previa convocatoria efectuada- quince días antes de la reunión, cuando concurran a ella, presentes o representados, un tercio de los asociados, y su presidente y su secretario serán designados al inicio de la reunión.
d) Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. No obstante, requerirán mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a disolución de la asociación, modificación de los Estatutos, disposición o enajenación de bienes y remuneración de los miembros del órgano de representación.
RESPECTO A LA DOCUMENTACIÓN HABRÁ QUE LEVANTAR ACTA, POR EL SECRETARIO DE LA ASOCIACIÓN, DE LA ASAMBLEA EN EL QUE SE RECOJAN LOS ASISTENTES, LOS PUNTOS TRATADOS Y LOS ACUERDOS TOMADOS EN LA MISMA.
SI TIENES ALGUNA DUDA MÁS, ESTOY A TU DISPOSICIÓN.