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¿Cómo se gestiona la baja de un asociado por impago?
23.10.10
Hola,
Pertenezco a una asociación cultural y, en la última asamblea se acordó, con mi voto en contra, el no expulsar a un socio que no había abonado la cuota en tiempo y forma.
Según algunos socios, decían que como había pagado antes de los 6 meses, posterior a la fecha establecida, más los intereses, había cumplido con la normativa vigente.
Los estatutos dicen bien claro que una de las causas para causar baja en la asociación es el impago de la cuota en la fecha establecida.
¿Podrían facilitarme el formulario para impugnarlo ante el Juzgado de lo civil? ¿Es posible hacer esto?
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
26.10.10
A ver…antes de recurrir a los tribunales de Justicia, que bastante trabajo tienen, creo que hay varias actuaciones de graduación más anterior que se pueden utilizar
a) Recurrir la decisión adoptada. Dado que la decisión ha sido en asamblea…¿está aprobada el acta de la misma? Si no lo está, la decisión no es aún firme. habría que esperar a que envíen el borrador del acta, impugnar ese acuerdo y esperar a que se resuelva en la sigueinte asamblea general.
Tambien cabe formular un voto particular (lo que no eelimina lo anterior, sino que documenta razones) en contra de ese acuerdo, pero tiene que formularse en las 48 h siguientes a la celebración de la Asamblea, algo para lo cual seguramente ya no haya tiempo.
b)Recurrir ante el Registro donde esté registrada la entidad para informarle de lo que según tu criterio es un acuerdo ilegal.
c) Recurrir a los tribunales de justicia por la via civil, para lo cual, más que un formulario, que podría utilizarse, lo que se necesita creo que es un asesoramiento de un abogado
Para todo ello logicamente, habría que estar a lo que indicase sobre las altas y bajas de asociados los Estatutos de la Asociación y el Reglamento de Régimen Interno (si existiese).
Ten en cuenta que la referencia que haces de los Estatutos “una de las causas para causar baja en la asociación es el impago de la cuota en la fecha establecida“ no indica nada sobre CÓMO aplicar esa decisión de baja. Y en cualquier ordenamiento jurídico, las infracciones siempre tienen un procedimiento de sanción, que suele incluir también una opción para evitarla…y si al final ha pagado la cuota + los intereses…
En todo caso, SINCERAMENTE, dado
a) que la decisión ha sido adoptada por la Asamblea General de la enmtidad (y no por un órgano menor, como la Junta Directiva),
b) la escasa entidad del caso descrito (no dar de baja como socio),
c) la altísima sobrecarga de los juzgados
...la relevancia que se le va a dar en un juzgado va a ser mínima o menos que mínima, por lo que la efectividad real de la via judicial para este caso en mi opinión es NULA.
O bien utilizas las dos vias indicadas en primer lugar o perderás el tiempo.
UN saludo
Respuesta del participante:
27.10.10
Agradecería tener una segunda opinión, si es posible.
Gracias.
Salu2.