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Consulta formulada por:
¿Cómo se debe justificar para una subvención el trabajo propio de una asociación?
12.02.08
Hemos recibido una subvención de 12.000 euros para la realización de un proyecto cultural. El importe total de la ayuda nos será ingresada una vez presentemos todas las facturas y los resguardos de las transferencias bancarias. Pero tenemos una duda: dentro de ese presupuesto hay una pequeña parte que corresponde al trabajo de la propia asociación ¿cómo podemos justificarlo?
Incluyo un resumen de la convocatoria que se refiere a esta cuestión:
Décimo.—Justificación y pago.
a) Facturas pagadas con justificante de pago u otros documentos
de valor probatorio equivalente con validez en el
tráfico jurídico mercantil, que justifiquen la utilización de la
subvención concedida.
c) Certificado del Responsable de la Entidad de que
los gastos justificados corresponden a la actividad subvencionada.
Muchas gracias
Respuestas
Suficiente
Aportada por:
Consultor
Trabaja en:
Asesor particular
13.02.08
Hola, Sara:
Si lvuestra parte corresponde a trabajo únicamente, la declaración del responsable es suficiente. Podéis solicitar el modelo al financiador, o hacer una en la que consten los datos de la asociación, del representante que firma, la acreditación de sus poderes (el acta donde se le eligió, si es el presidente, o el poder notarial…), la identificación del proyecto, el detalle e importe de los trabajos y la parte del presupuesto total a la que se imputan.
De cualquier modo, seguro que en la entidad financiadora os podrán orientar.
Espero haberos resultado útil; un saludo
Sergio
Excelente
Aportada por:
Gestora de Proyectos, interesada en la solidaridad. Perfil en Twitter: @paolabernalf
Trabaja en:
Asesor particular
13.02.08
Estimada Sara:
Desde el desconocimiento del proyecto que tenéis que justificar. Es decir sin saber que partidas presupuestarias os fueron aprobadas.
Entiendo que el trabajo de la propia asociación, estará soportado por el tiempo de dedicación al proyecto de sus trabajadores (o voluntarios si la convocatoria lo admite).
Por tanto, además de lo señalado por el compañero anteriormente, esto se justifica presentando:
Nóminas y resguardo de los pagos de las mismas, del personal imputado al proyecto, en un porcentaje relacionado con su tiempo de dedicación al proyecto.
Seguridad Social, es decir TC1 y TC2, del mismo personal.
Estos documentos dentro del tráfico jurídico mercantil, tienen valor probatorio equivalente a las facturas.
Considerar que si la convocatoria admitiese voluntarios (esto claro solamente es una aproximación porque cada cofinanciador puede dentro de la legalidad ajustar sus requisitos de subvencionabilidad):
o Certificado de aportación en especie del voluntario.
o Convenio de Voluntariado
o Póliza de Seguro del voluntariado
Recomendaciones:
Comprueba el proyecto aprobado, verifica las partidas que considera.
Consulta con el financiador.
Espero que lo anterior te ayude.
Paola Bernal Fuentes
Técnica de Proyectos
Fundación Luis Vives
Las respuestas dadas por la FLV no son vínculantes
Excelente
Aportada por:
Contable especializado en ONG.
Trabaja en:
14.02.08
Saludos, Sara:
Mis compañeros te han orientado perfectamente. Yo añadiria que el certificado del presidente de la entidad, siempre hay que presentarlo, pero eso no implica que con ese documento se justitiquen los gastos de la entidad.
Entiendo que en la aprobacion os han autorizado a justificar gastos que la propia asociacion va a realizar solo para el proyecto. Pues si son gastos de personal, habra que llevar las nominas, TC1 y TC2 y el comprobante del pago. Y de la forma que la entidad os indique, les informareis del % que esa nómina + Ss.Ss que imputais al proyecto.
De la misma forma si los gastos autorizados se refieren a suministros (telefono, material de oficina especififco…..), en ese caso, hara falta la factura y el comprobante del pago, con la la informacion sobre el % que imputais. Un saludo