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Consulta formulada por:
¿Como se certifica en la administración a efectos legales el tiempo de un voluntariado?
30.05.11
¿Como se certifica a efectos legales de cómputo de tiempo trabajado en la Administración pública, la colaboración voluntaria de un médico/enfermera que se implique en un proyecto de ONG?
Gracias por vuestra ayuda.
Respuestas
Aportada por:
Gestora de Proyectos, interesada en la solidaridad. Perfil en Twitter: @paolabernalf
Trabaja en:
Asesor particular
30.05.11
Estimada Carmen,
Como siempre que respondo a una consulta de este tipo, diré que lo primero que debes haces es consultar la documentación de la convocatoria de subvenciones a la que está asociado en este caso el voluntario (bases de la misma, manual de justificación, técnico/a que os hayan asignado), porque normalmente no hay una respuesta válida de manera universal.
Una vez hecha la anterior aclaración, te diré que de acuerdo a mi experiencia con subvenciones a cargo de fondos europeos, para justificar el voluntariado es necesario:
- Acreditar que la organización está cumpliendo con la legislación en la materia, en este caso la referida al voluntariado, que puedes encontrar en la zona de recursos de la Plataforma de Voluntariado (http://www.plataformavoluntariado.org/web/resources/resources_list?gsearch=ley+voluntariado+estatal&tsearch=legislaci%C3%B3n&commit=Buscar+recurso), a efectos de justificación lo más importante sería:
En cuanto a la forma de justificar las horas de dedicación al proyecto, suelen pedir:
- Certificado del voluntario donde indique que él o ella, ha desempeñado las tareas de X, durante X horas para la organización X.
- Documento o similar que demuestre que el voluntario tiene la cualificación profesional que requiere las tareas a su cargo.
- Control de horas o parte de horas, esto es una hora de trabajo donde se va indicando la fecha, lugar y tiempo de dedicación de la persona voluntaria.
Adicionalmente y dado que esto suele tener reflejo económico es necesario que en el certificado del voluntario se anote el importe económico de su trabajo, es decir responder a la pregunta ¿cuánto le habría costado a la organización si su trabajo lo hubiese realizado una persona contratada?. Esto además puede ser necesario respaldarlo con un documento que evidencie el coste que tiene en el mercado laboral: bien la nómina de otra persona que desempeñe las mismas tareas, tarifas establecidas en un convenio colectivo o colegio profesional, etc.
Y para finalizar vuelvo al principio: consulta directamente la información o personas de referencia que tienes de la subvención a la que quieres imputar esto.
Suerte y un saludo!
Paola Bernal
Opinión anónima
30.05.11
No estoy de acuerdo con la respuesta anterior; la certificación debe hacerse de la manera siguiente, bien sencilla:
- Certificación de la secretaría de la entidad, con el visto bueno de la presidencia de que
a) la persona XXXX, con el DNI XXXX, y con la titulación de XXXXX, ha colaborado como voluntario con las asociación XXXXXX durante el periodo de tal día a tal día
b) que dicha colaboración ha sido de XXX horas diarias (si es de aplicación esta indicación)
c) que la labor ejecutada ha sido la siguiente: XXXX
d) que la labor realizada ha sido a entera satisfacción de la asociación XXX
Creo improcedente hacer una estimación del importe económico del trabajo, y menos que la certificación sea realizada por el propio voluntario.
Aportada por:
Gestora de Proyectos, interesada en la solidaridad. Perfil en Twitter: @paolabernalf
Trabaja en:
Asesor particular
31.05.11
Estimada Carmen,
Me gustaría hacer una matización a raíz de la aportación de Xosé.
Tal y como indicaba en mi aportación anterior en este tema puede haber diversidad de criterio, por tanto considero que tu respuesta puede ser válida en el caso en el que la administración estime como suficiente acreditación la de la propia entidad, pero por mi experiencia con organismos de auditoría tanto públicos como privados, puedo afirmar que esto no siempre es así y en algunos casos las fuentes de verificación deben provenir de terceros.
Y en algunos casos si la subvención se realiza a cargo de fondos europeos, se necesitará justificar aproximadamente de la forma como he indicado previamente, siendo especialmente sensible la valoración a precios de mercado de la aportación voluntaria, tal y como puede verse en el artículo 5, parágrafo d., de la orden TIN TIN/2965/2008 que determina las los gastos subvencionables dentro del Fondo Social Europeo para el periodo 2007-2013 (adjunto este documento).
Saludos,
Paola Bernal
Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!
Aportada por:
Aquí estamos!!
Trabaja en:
Asesor particular
06.06.11
Hola, si de lo que se trata es de certificar el periodo que un voluntario ha estado ejerciendo en una Administracion publica, solo lo puede certificar el secretario/a de la entidad con el visto bueno del presidente de la entidad. Esa certificacion vendra dada previamente por un informe del tecnico correspondiente que habra sido el que haya supervisado, controlado, etc, al voluntario. En ese informe ya se detalla el procedimiento por el cual el voluntario esta ahi (subvencion, convocatoria, etc) y la resta de informacion relevante, duracion, trabajo realizado, etc