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Consulta formulada por:
Cómo recurrir un Recurso Cameral Permanente
28.06.10
Hemos recibido un Recurso Cameral Permanente para la liquidación de 2 cuotas mínimas. Suponemos que por los 2 epígrafes del IAE en los que estamos dados de alta (989.2 organización de talleres y 966.9 servicios culturales).
Somos una Asociación sin ánimo de lucro, pero no hemos solicitado la exención del IAE, puesto que hemos creído que no era necesario solicitarla, dada la naturaleza no lucrativa de la asociación.
Les solicitamos si nos pueden informar si efectivamente estamos exentos de dicho impuesto. Y si nos pueden asesorar sobre la forma de recurrir a este recurso cameral permanente: modelo de apelación, argumentos a exponer, documentación a presentar…
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
01.07.10
Mediante un escrito a la camara de comercio, si quieres pasame tu e-mail y te remito copia del que he presentado yo.
Respuesta del participante:
02.07.10
Muchas gracias Mariano,
te dejamos el correo: laguaguadelpan@yahoo.es