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Consulta formulada por:
Cómo realizar un contrato a una persona extranjera que trabaja para una ONGD española
17.02.10
Tenemos dudas sobre cómo hay que realizar un contrato a una persona que trabaje para la asociación en el lugar de actuación que en este caso es Nicaragua, es decir, a una persona local.
¿Podríais orientarnos?
Muchas gracias.
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Coach/Consultor de RRHH
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Asesor particular
18.02.10
Hola Naiara,
si te he entendido bien, queréis hacer un contrato laboral a un nacional nicaraguense para que trabaje en Nicaragua y supongo que sois una ONG española. Si esto es así, a mi entender, tenéis que abrir un centro de trabajo en Nicaragua, es decir crear una filial nicaraguense para que el contrato laboral lo firme esta nueva empresa.
Supongo que otra solución, pero esta ya se me escapan los detalles, es hacer un contrato mercantil y que este profesional sea en Nicaragua el equivalente a un autonomo de aquí. Esto puede traer más complicaciones fiscales y mercantiles.
Saludos,
Jres.
Muy buena
Aportada por:
20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.
Trabaja en:
Asesor particular
18.02.10
Hola!
Te pudo contestar muy concreto pues he vivido algo similar. Si no os quereis apoyar en ninguna asociacion ni organizacion local, la alternativa es daros de alta como delegacion en Nicaragua. NO es complicado ni muy burocratico: Teneis que hacerlo en el Ministerio de Gobernacion. Y entonces la delegacion - la delegada puede ser la misma persona, mediante Poder notarial autenticado- contrata. Para eso tambien necesitais numero RUC (equivalente a NIF de aca) y alta en Seguridad social. La ventaja si es asi, es que podeis ateneros a la legislacion laboral local, con costes menores.
La otra opcion puede ser un Convenio con alguna asociacion o entidad local, de confianza o afin con lo que haceis. Posiblemente requiera alguna contrapartida economica o de otro tipo, pero es otra opcion. Todo depende de cual sea la perspectiva temporal del rpoyecto, para que valga la pena realizar ás o menos trámites
Saludos
meri
Suficiente
Aportada por:
Abogado experto en fundaciones
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Asesor particular
19.02.10
Suficiente
Aportada por:
Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor
Trabaja en:
Asesor particular
23.02.10
Entiendo que al decir ‘persona local’ implicáis que la persona que queréis contratar no reside legalmente en España más de 183 días al año, por lo que no tiene obligaciones tributarias con respecto al IRPF.
Podeis hacerle un contrato mercantil en España sin necesidad de retenerle ninguna cantidad ni estando obligado a registrarse en el RETA a efectos de IVA, a no ser que la fuente de financiación de su sueldo si es por una subvención, donación o similar ponga alguna condición a este respecto.
Conviene estipular en el contrato que los impuestos a pagar en Nicaragua, contribuciones a la seguridad social allá, o seguro médico privado corren de cuenta.
Saludos