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Consulta formulada por:
¿Cómo puedo montar esta ONG y qué tipo de ONG tengo que poner exactamente?
15.03.16
Hola,
Quiero formar una ONG para mujeres y niños, ayuda contra el maltrato, la trata, la pobreza infantil.
Queremos empezar por Baleares que es donde estaré trabajando en los próximos meses pero quiero que sea de ámbito nacional para poder ir a otros lugares a dar apoyo, campañas.
¿Cómo puedo montar esta ONG y qué tipo de ONG tengo que poner exactamente?
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com
Trabaja en:
Asesor particular
15.03.16
Hola, como primera respuesta te aconsejo este enlace sobre que es una ONG. Como verás una ong es solo un apellido.
Para que figura jurídica quieres poner en marcha, has de tener claros los fines y las actividades, cómo vas a hacerlo. Y esto es lo importante: quieres poder agradecer a los que te ayuden con dinero o bienes mediante las desgravaciones fiscales? quieres ahorrarte el pago de impuestos de sociedades, del ibi, de transmisiones… Hoy por hoy, solo con las fundaciones puedes hacerlo bien, es tu traje jurídico más apropiado. Te paso enlace sobre que es una fundación.
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
26.03.16
En relación con la consulta planteada, paso a informarles lo siguiente: junto con la aportación que os traslada mi compañero Ramón sobre el acrónimo “ONG” y sobre los requisitos para el caso de optar a constituir una fundación, si vuestro deseo es optar por una asociación, en primer lugar, os reenvío el link de enlace de la página del Registro de Asociaciones del Govern de les Illes Balears behttp://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?mkey=M0809240918557270583〈=ES&cont=6601, si el ámbito de actuación de la asociación que pretendéis constituir no excediera al de dicha Comunidad Autónoma.
Por su parte, para el caso de que el ámbito territorial de la asociación excediese de dicho ámbito, habría de estarse a la inscripción de la constitución de la asociación ante el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior - http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/asociaciones/inscripciones-registrales-de-las-asociaciones/inscripcion-de-constitucion-de-asociaciones-.
Con todo lo anterior, si vuestra intención es constituir una asociación las características fundamentales de dicha entidad sin ánimo de lucro son las siguientes:
-Existencia de un grupo de personas físicas.
-Objetivos y actividades comunes.
-Funcionamiento democrático.
-No tener ánimo de lucro.
-Ser independientes.
Con respecto a estas menciones cabe aclarar que no tener ánimo de lucro significa que no se pueden repartir los beneficios o excedentes económicos anuales entre los asociados. En cambio, sí se puede:
-Tener excedentes económicos al finalizar el año.
-Formalizar contratos laborales, civiles y mercantiles.
-Realizar actividades económicas que puedan generar excedentes económicos, debiendo reinvertirse en los fines asociativos.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com