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Consulta formulada por:
¿Cómo puede una ONG de Estados Unidos registrar una Delegación de Asociación Extranjera en España?
17.04.17
Hola,
¿Cómo podría una ONG de Estados Unidos registrar una “Delegación de Asociación Extranjera” en España?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
Trabaja en:
Asesor particular
18.04.17
Ante la normativa española, la nacionalidad de la entidad “matriz” no debería afectar a su inscripción en el registro.
En ese sentido, la respuesta es igual que la de su consulta anterior: ¿Puede una delegación de ONG extranjera registrarse como ONGD en España?
Conforme a la cual sí es posible realizar esa inscripción.
Encontrareis la información en la sección Inscripción de delegaciones en España de asociaciones extranjeras del portal del Ministerio del Interior.
En cualquier caso, os recuerdo, que como entidad asociativa reconocida en España, tendréis los mismos derechos y obligaciones que las entidades promovidas por españoles. De acuerdo al artículo 28 del Código Civil “Las corporaciones, fundaciones y asociaciones, reconocidas por la ley y domiciliadas en España, gozarán de la nacionalidad española, siempre que tengan el concepto de personas jurídicas con arreglo a las disposiciones del presente Código.”