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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Elena San Martin Suarez

¿Cómo puede una de nuestras delegaciones "asociarse" con una Hermandad que desea colaborar con nosotros para tenga un soporte jurídico?

21.10.08

Nuestra asociación es de ámbito nacional y entre otras, tenemos una delegación en Huelva. Allí hay una Hermandad que desea colaborar con nosotros y que dicha colaboración esté reconocida jurídicamente.

¿Qué formas hay de que en las acciones de nuestra delegación en Huelva aparezca como co-responsable una Hermandad? ¿Debemos firmar un convenio entre ambas partes? ¿Existen otras fórmulas?, ¿Qué habría que hacer para que no afectara al resto de la asociación, puesto que esta es de ámbito nacional y la colaboración solamente sería con una de las delegaciones?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

24.10.08

En respuesta su consulta, le informamos que, en nuestra opinión, no hay posibilidad de que la delegación suscriba un convenio o un contrato de colaboración con una Hermandad, sin que ello afecte a la asociación, porque la delegación carece de personalidad jurídica propia, no es una persona jurídica indepediente de la asociación, por lo que no tiene la capacidad de obrar al margen de la asociación.-

En consecuencia, será la asociación la que tenga que suscribir ese convenio o contrato.-

Esta respuesta no es vinculante.-

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#2

Muy buena

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

28.10.08

Estimada Elena: en respuesta a tu consulta, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, comparto el criterio que te traslada mi compañero de portal, Juan, es decir, salvo error u omisión, vuestra Delegación en Huelva no tiene personalidad jurídica para poder establecer una relación jurídica, vía contractual, convenio de colaboración, etc., con una Hermandad religiosa, salvo que estuviera contemplada la delegación de firma en vuestros estatutos o reglamentos de régimen interno, para que pudiera celebrar dicha relación jurídica por la persona que ostente la Delegación en Huelva, entendiendo, a salvas de un mejor criterio fundado en derecho, que el vehículo jurídico más factible sería la celebración de un convenio con la asociación religiosa.
Partiendo de que utilizarais la figura del convenio de colaboración, con independencia de la existencia o no de delegación firma, lo que si podéis hacer en dicho instrumento de colaboración es que el mismo se constriña al ámbito de la Delegación de Huelva con un contenido mínimo que podría ser el siguiente:
-Identificación de las partes firmantes del convenio.
-Legitimación de las partes.
-Justificación de la necesidad del convenio.
-Normativa de aplicación.
-Compromiso de las partes.
-Creación de una comisión de seguimiento de las personas encargadas de la ejecución.
-Sistema de resolución de conflictos.
-Duración y posibilidad de prorroga del convenio.
-Procedimiento de denuncia del convenio.
-Jurisdicción competente.
Quedando a tu entera disposición para duda o aclaración sobre esta consulta o de cualquier otra índole, recibes un cordial saludo.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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