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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Cómo puede hacer un testamento vital una persona que, por razón de su discapacidad no puede desplazarse a la oficina correspondiente?

03.01.14

Hola,

¿Podéis indicarnos cómo puede realizar el Testamento Vital una persona que, por razón de su discapacidad, no tiene posibilidad de desplazarse a la oficina administrativa correspondiente a su Comunidad Autónoma?

Gracias.

Asociación Adela

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

03.01.14

Hola
Hasta hace unos años debías de ir al registro, pero por ejemplo en la Comunidad de Andalucía hay centros descentralizados por ejemplo los hospitales donde se puede realizar el testamento vital.
No conozco en que comunidad autónoma en la q estáis pero seguro que tienen alguna alternativa
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Opinión anónima

03.01.14

Ley 14/1986 General de Sanidad | Ley 41/2002 Autonomía del Paciente | Real Decreto 124/2007 | Orden 2823/2007

Hola Teresa, en el siguiente enlace, encontraras la ley de todas la comunidades , espero te aclare tus dudas

http://www.eutanasia.ws/testamento_vital.html

Un saludo

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

03.01.14

En relación con la consulta planteada, paso a informarles lo siguiente: junto con las aportaciones que os trasladan mi compañera Teresa y mi compañero Ramón , cabe referir que el testamento vital es un documento de Voluntades Anticipadas -conocido genéricamente como Testamento Vital. En dicho documento se expresa la persona su voluntad sobre las atenciones médicas que deseas o no deseas recibir caso de padecer una enfermedad irreversible o terminal que te haya llevado a un estado que le impida expresarse por si mismo.
Al desconocer la Comunidad Autónoma desde donde formulan la consulta, les reenvío el link de enlace -http://www.eutanasia.ws/testamento_vital.html., donde aparecen recogidas tanto la normativa estatal y autonómica en materia de voluntades anticipadas, el cual puede ser de utilidad para vuestra pretensión.
Espero haberles ayudado. Feliz 2014.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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#4

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

04.01.14

Gracias chicos
Un cordial saludo
Teresa

solucionesong.org
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