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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Marian Barnes Vazquez

¿Cómo podríamos saber qué trámites son necesarios para crear una delegación de nuestra ONG andaluza en Méjico?

18.03.10

Necesitamos saber qué trámites hemos de realizar y a dónde debemos dirigirnos para abrir una delegación de ANDECO en Méjico. También cuáles serían las ventajas y desventajas entre abrir una delegación o fundar allá una ONG nueva con los mismos estatutos.


¿A qué organismos hemos de dirigirnos?.


Muchísimas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

03.04.10

 

Estimada Marian: en relación con la consulta establecida, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, el objeto de la consulta versa sobre dos cuestiones, a saber: cuáles son los trámites realizar y a dónde debemos dirigirnos para abrir una delegación de ANDECO en México. La segunda cuestión viene dada por las ventajas  y desventajas entre abrir una delegación o fundar allá una ONG nueva con los mismos estatutos.
En cuanto a la primera cuestión, la constitución de una asociación en México viene dada mediante la forma de  una agrupación de individuos unidos por un tiempo definido para realizar un fin común que no sea ilegal ni de carácter primordialmente económico.
El Código Civil de cada Estado de México regula las Asociaciones Civiles  y establece que para que una asociación exista y pueda operar debe de tener un acta constitutiva, es decir, un contrato escrito que un notario certifica y que debe inscribirse en el Registro Público de Personas Morales. Por medio de este contrato, la asociación se constituye legalmente.
Debido a que las características y detalles de la estructura de una Asociación Civil dependen de legislaciones estatales, habrá de estarse al Código Civil Estatal correspondiente. No debemos olvidar que la forma de organización política de México es la de una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación. Las partes integrantes de dicha federación son los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y el Distrito Federal. La ciudad de México es el Distrito Federal, sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos.
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#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

03.04.10

Así pues, al depender los trámites de inscripción registral de las asociaciones civiles de cada uno de los  Estados integrantes de México, no del Gobierno federal, lo lógico sería que os pusierais en contacto con la Embajada de México, a efectos de recibir información sobre los requisitos legales para constituir una asociación civil en dicha República Federal. La dirección es la siguiente:
Embajada de México. Sección Consular.
Carrera de San Jerónico, 46. 28014 Madrid.
Teléfono: 91-3692814. Fax: 91-3694523.
 
A ello, si así lo deseas y me lo solicitas a mi correo privado, os podría remitir documentación sobre los trámites de inscripción como asociación civil en México.
A la segunda cuestión, inicialmente, sería deseable la apertura de una delegación de ANDECO en Méjico, siempre y cuando la misma tenga suficiente infraestructura de medios personales y materiales para asumir dicha delegación. Como regla general, las Organización no Gubernamentales sin Ánimo de lucro y, a su vez, inscrita en la AECID, o, en vuestra caso, podría perfectamente ser asumible la inscripción en la Agencia Andaluza de Cooperación al Desarrollo, dependiente de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía, abren las mismas delegaciones siempre que merezca dicha inversión económica, en particular, cuando tienen una determinada cantidad de proyectos a realizar en otro país. De lo contrario, sería más conveniente la creación de una asociación conforme a la legislación local.
En suma, si vais a desarrollar vuestra actuación en Méjico, aparte de crear una delegación de vuestra entidad asociativa, o, en su caso, constituir una nueva entidad en dicho país, debéis también de valorar la posibilidad de asociaros con alguna organización no gubernamental mexicana, la cual tenga experiencia e inserción en dicho Estado, conociendo como relacionarse con las autoridades de dicho país en materia de cooperación al desarrollo.
Un cordial saludo.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

 

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