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¿Cómo podemos cambiar el seguro de Responsabilidad Civil? ¿Con qué antelación hay que hacerlo?
24.12.17
Hola,
Queremos cambiar de seguro de Responsabilidad Civil. ¿Con cuánto tiempo hay que comunicarlo y cómo hacerlo?
Gracias.
Respuestas
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Asesor particular
14.01.18
Buenas tardes Francisco,
Atendiendo a su consulta, he de indicarle que al no hacer referencia de su duda en la Ley de Contratos de Seguro, aplicaríamos el Título II del Código Civil, relativo a los contratos. En aplicación de dicho título, se estará a lo fijado en el contrato, en este caso la póliza de responsabilidad civil, en él se deben indicar si cabe la posibilidad de cambio y la antelación para hacerlo. El Código Civil recoge las opciones de revocación de contrato y las causas de nulidad. Por lo tanto, le aconsejo que le echen un vistazo a la póliza y en el caso de que no indique nada, le recomiendo ponerse en contacto con la compañía y mostrarle vuestro interés de cambiar de seguro.
Sin más, espero haber disipado su duda Francisco,
Un saludo.