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Consulta formulada por:
¿Cómo podemos abonar pequeñas cantidades a algunos voluntarios que nos prestan su apoyo?
30.09.14
Hola,
Soy Jose Antonio de una fundación de discapacitados de la Comunidad de Madrid , llamada Fundación FUNDAR.
Tengo la duda de cómo abonar pequeñas cantidades a algunos voluntarios que nos prestan su apoyo, no sabiendo qué cantidad mensual estaría exenta.
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
30.09.14
Buenas tardes.
Exenta no esta ninguna cantidad que se pague como contraprestacion de trabajo ó servicio renumerados. Existe esa leyenda urbana de que hasta 3000 euros año esta exento, peor no es cierto. Desde el primer centimo esta sujeto a retencion por el pagador y tributacion por el perceptor.
Y todo ello con las obligaciones añadidas de repercutir/soportar IVA si es servicio, ó dar de alta en seguridad social si es trabajo.
No obstante lo anterior, lo que si se puede es ser un poco imaginativo:
Por ejemplo en lugar de retribuir por trabajo realizado, pague en concepto de dietas por desplazamientos, manutencion, estancia etc. Las cuantias exentas por estos conceptos las tiene en el siguiente enlace:
https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFRC11F?REFERENCIA=0126402
Saludos.
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
01.10.14
Como dice José Antonio, el plan contable incluye una cuenta cuyo concepto es “Compensación a Voluntarios”.
El voluntario no cobra por su trabajo, pero sí se le puede compensar por los gastos en que incurre para realizarlo: manutención, transporte, alojamiento, etc.,
Esto necesita una justificación del gastos, con factura a nombre del voluntario y un documento en el que declara recibir esa cantidad. Si la factura va a nombre de la asociación, ya no hay pago a voluntarios.