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Consulta formulada por:
Cómo mantener la casa en la que realizamos las actividades de nuestra asociación, sin realizar en ella ninguna actividad económica
22.10.09
Hola,
Una entidad nos ha cedido una casa para realizar actividades de nuestra asociación.
En el convenio se dice que en la casa no puede haber actividad económica,
pero tanto ellos como nosotros, vemos que de alguna manera tenemos que poder mantenerla y adecuarla
La pregunta es:
¿Podríamos dejar que fuesen otros grupos y que colaborasen colaboren con el mantenimiento y adecuación de la casa?. ¿Esto se consideraría actividad económica?
Nosotros no queremos obtener beneficio. Solo poder mantenerla.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
23.10.09
Hola, Melchor,
para mantener casa y/o locales hay varias opciones. La primera, yo te diría, es conseguir un buen grupo de socios colaboradores que aporten una cuota mensual. Con este ingreso regular podríais mantener las instalaciones básicas y los suministros. Esto es fundamental en toda ONG, a mi ver. Si no lo habéis hecho ya, lanzad una campaña de socios.
Poder ceder espacios del edificio a otros grupos o asociaciones, a cambio de una pequeña remuneración que se puede contabilizar como donativo es una buena idea y eso no es una actividad comercial. Si tenéis la posibilidad de compartir espacio y gastos, yo diría, adelante. Eso sí, estipulad muy bien y por escrito qué espacio cedéis, en qué condiciones, y qué responsabilidades y obligaciones de cuidado y mantenimiento del local asume cada parte. Firmad un convenio con cada entidad o grupo que use vuestros espacios.
Mucha suerte y adelante,
Montse de Paz
Opinión anónima
23.10.09
Hola Melchor,
Las ideas de Montse me parecen muy buenas, pero seria conveniente hablar con quien o lo ha cedido y en que condiciones, porque legalmente se podría considerar arrendamiento, y ser causa legal para que el propietario o retire la casa.
En cambio tener unos socios que aporten una cuota entra dentro de lo legal. Suerte
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
23.11.09
Estimado Melchor: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: del tenor de la misma, salvo error u omisión, se entiende que existe un convenio de cesión de uso entre una Entidad y Voluntarios por la Vida en Acción. Para el caso de que la Entidad fuera un Ayuntamiento, habría de estarse a la Ordenanza Reguladora de la Cesión de Uso de Locales Municipales a Asociaciones Ciudadanas, encontrándonos con la cesión de uso de un local realizada con la duración que el acuerdo o convenio establezca al efecto.
Pues bien, si estamos en lo cierto, el convenio celebrado con una Entidad local conlleva la prohibición de utilizar los espacios cedidos para la realización de actividades económicas que no se contemplen en vuestros estatutos. Ante ello y, con independencia de dejar que participaren otros grupos y que colaboren con el mantenimiento de la casa, por un principio de seguridad jurídica, a mi entender, deberías proponer a la entidad cesionaria la modificación del convenio, en lo relativo a la prohibición de la actividad económica, salvo que, repito, la actividad económica que queréis realizar en dicha casa se recoge en los estatutos de Voluntarios por la Vida en Acción.
Un cordial saludo y buena suerte.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com