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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Cómo llevar una asociación de vecinos sin ánimo de lucro con actividad mercantil?

11.07.16

Hola,

Somos unos vecinos de una urbanización y estamos pensando en formar una asociación sin ánimo de lucro para comprar agua a un pozo cercano y distribuirla a los vecinos de la urbanización, ya que el suministro existente es más que deficiente.

Se aplicaría un precio por m3 consumido con el fin de cubrir solamente los gastos de compra de agua al pozo y de mantenimiento. Es decir, sin ánimo de obtener beneficios, sino cubrir gastos.

¿Si en los estatutos indicamos que se constituye la asociación con ese fin, si se consideraría como una actividad mercantil?

Si se considera como actividad mercantil, se supone que habrá que pedir un CIF y llevar una contabilidad oficial (PGC), aplicando el IVA, presentando impuesto de sociedades, etc…
Y si no, ¿habría que llevar algún tipo de contabilidad oficial? ¿estaría exento de IVA el cobro del agua, lo mismo que las cuotas de socios?

Gracias de antemano

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

11.07.16

Buenas tardes.

Todo lo que comento se puede realizar, y como muy bien dice hay que llevar una contabilidad.

Lo de cobrar IVA depende del enfoque que se le de.

Es un asunto complejo, que para llevarlo adelante debe contar con un profesional cercano que le asesore, lo primero en obtener permisos para que ese suministro de agua sea legal.

Saludos.

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#2

Opinión anónima

13.07.16

Creo recordar que vender agua es ilegal. Lo que si se puede hacer es cobrar por el mantenimiento de las instalaciones, depuración y posterior tratamiento de las residuales.

No obstante en el ámbito rural, raro es quien no la vende. Aunque sale más a cuenta (y es menos cómodo), el comprar cubas de agua para rellenar el aljibe comunitario. Conozco una comunidad en una aldea de Málaga, que la trae (o al menos hasta hace poco la traía) en cubas desde Lanjarón.

Ley de aguas: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-2001.html

Si es para el propio consumo vuestro, EMHO no hay que cobrarla con IVA. Además dudo que el vendedor os la facture con IVA, siquiera que os emita un recibo.

El mundo rural, se rige por otros criterios.

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#3

Opinión anónima

14.07.16

gracias por las respuestas. Pero la zona donde está la urbainización no es rural sino urbana. Y el pozo que menciono es legal ya que dan (venden) agua para riego y tienen todos los permisos necesarios. Los del pozo dicen que no aplican IVA pero quería saber si la asociación, al facturar a cada vecino, debería aplicarlo. Lo de traer agua en cubas, por lo menos por esta zona, sale muy caro.

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#4

Opinión anónima

14.07.16

gracias por las respuestas. Pero la zona donde está la urbainización no es rural sino urbana. Y el pozo que menciono es legal ya que dan (venden) agua para riego y tienen todos los permisos necesarios. Los del pozo dicen que no aplican IVA pero quería saber si la asociación, al facturar a cada vecino, debería aplicarlo. Lo de traer agua en cubas, por lo menos por esta zona, sale muy caro.

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