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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Esther Villegas Luna

¿Cómo gratificar a las personas que colaboran con el taller organizado por la entidad?

18.07.16

Hola,

Somos una entidad social para mujeres en riesgo de exclusión social y entre otras actividades, tenemos un taller de costura, para enseñar a las mujeres a coser su propia ropa.

En este taller también se hacen bolsas que después se regalan con los donativos, en ferias u otros eventos.

Queremos gratificar a las mujeres del taller con parte de los donativos que obtenemos, pero no sabemos como tenemos que hacerlo.

¿Por favor, nos podríais informar?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

19.07.16

Esther,

el contrato entre las mujeres y la asociación supongo que es de voluntariado. Los voluntarios solo puede recibir una compensación por los gastos necesarios para su labor. Otra retribución podría considerarse que el contrato es laboral con sus derechos y obligaciones para empresario y trabajadores.

Saludos,

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#2

Respuesta del participante:

Esther Villegas Luna

19.07.16

Muchas gracias Valentín.
Otra pregunta:
Como entidad de mujeres en riesgo de exclusión social, de los beneficios obtenidos por las donaciones de los productos, podemos destinar una parte a ayudas sociales para estas mujeres, me refiero en caso de que no puedan pagar el alquiler, consumo energético … eso sería legal?

Saludos,
Esther

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

23.07.16

Estimada Esther: en relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: como complementario a lo que le traslada mi compañero Valentín, siempre y cuando vuestra entidad tenga un proyecto de ayudas a personas con riesgo de exclusión social, sería lícita dicho tipo de ayudas a estas personas mediante los beneficios obtenidos por las donaciones de los productos.
Por último, resta significar que los voluntarios deben estar asegurados conforme al artículo 8.j) de la Ley 25/2015, de 30 de julio, del voluntariado y de fomento del asociacionismo.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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#4

Respuesta del participante:

Esther Villegas Luna

24.07.16

Muchas gracis Rafael

solucionesong.org
Un proyecto de