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Consulta formulada por:
¿Cómo facturan las ONG? nos la piden para justificar una subvención
19.06.12
Hola, me llamo Jose Antonio, soy de una pequeña ONG que construimos escuelas en Burkina Faso, y tenemos una duda.
Hay una cooperativa agricola que nos ha concendido una subvención y nos piden una factura. ¿Alguien sabe como facturan las ONG?
Espero la respuesta de alguien.
Saludos y gracias
Respuestas
Aportada por:
Técnico en Promoción y Financiación de Proyectos @sociocultura www.culturasocial.org.es
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Asesor particular
20.06.12
Tu consulta es demasiado genérica; ¿se trata de una cooperativa agrícola en el país destinatario de la ayuda, o una cooperativa española?. En principio, las ongs justifican gastos de estructura y funcionamiento ordinario y de ejecución de programas y/o prestación o venta de productos o servicios. Según su formato legal de asociación ordinaria,asociación de utilidad pública, fundación o entidad de economía social, tendrán un régimen fiscal-tributario y una rendición de cuentas diferentes; además de unas actividades sujetas a distintos tipos de IVA e impuestos y tasas. Lo lógico sería que os pidieran una justificación económica en que os admitieran gastos “internos” como “externos” (de distintos proveedores que habrían generado sus facturas legales y que habría que complementar con un recibo o acreditación del pago), que imputaríais a dicha cooperativa subvencionante (y que no podrías imputar a otro financiador, salvo que le imputaras un importe parcial del total de la factura). Si reformulas tu pregunta puede que acertemos más en los intentos de soluciones o pistas. Saludos.
Aportada por:
Economista - Asesor Fiscal
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Asesor particular
20.06.12
Jose Antonio:
Yo iría por el camino mas sencillo.
Hacer un recibo por la cantidad recibida. No es una factura es un recibo.
Un saludo
Jose Luis
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
20.06.12
Las ONGs facturan igual que el resto de entidades. Es decir, si vuestra entidad debe emitir una factura por un servicio que haya prestado, la factura será igual que si la emite una sociedad limitida, un autonómo o cualquier otra entidad, con las obligaciones que ello conllevaría en el ámbito del IVA (principalmente presentación de declaraciones).
Cuestión distinta es que realmente no hayáis efectuado ninguna operación que quedara dentro del ámbito del IVA, en cuyo caso no tendrías que emitir ninguna factura, bastando simplemente en relación con la subvención que os conceden con un justificante de la cantidad recibida, como apunta el compañero, emitiendo por ejemplo un recibí.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Opinión anónima
20.06.12
Hola Jose Antonio, yo le preguntaría directamente a la cooperativa cómo quieren que lo justifiquéis.
Normalmente las entidades que financian proyectos mediante subvenciones tienen su propia normativa a la hora de justificar. Suele ser con facturas en el terreno que justifique los gastos que os subvencionan.
Saludos.
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
24.06.12
Como dice Jose Antonio, yo haría un recibo, detallando el importe recibido y el concepto.
Eso no quita para que después le justifiqueis los gastos a la cooperativa, con las facturas que justifican el gasto, memoria del proyecto, etc.,
Yo entiendo que lo que os piden al principio es simplemente un justificante de que habeis recibido la subvención.