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Consulta formulada por:
¿Como debemos valorar las donaciones en especie de productos de merchandising?
02.07.08
Nosotros celebramos unas jornadas lúdicas para sensibilizar a la población sobre la discapacidad. En ellas obtenemos diversos productos de empresas como bolígrafos, zumos, pastelitos…
El protectorado dice que debemos valorar las donaciones en especie, pero ¿como podemos hacerlo si desconocemos los precios de estos productos?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Respuestas
Suficiente
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
04.07.08
Hola Angels,
Es cierto lo que os dice el protectorado sobre la valoración de estas donaciones en especie, y su valor deberéis calcularlo aplicando el Valor Razonable (Nuevo Plan General de Contabilidad) en el momento de la aportación.
Saludos, Eva.
Opinión anónima
04.07.08
Según establece el artículo 18 de la Ley 49/2002 las donaciones de bienes o derechos deberán valorarse por el valor contable que tuviesen en el momento de la transmisión como límite máximo el valor normal en el mercado del bien o derecho transmitido
en el momento de su transmisión.
Esta respuesta no es vinculante.