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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jose Maria Guevara

¿Cómo debemos replantear la colaboración que tenemos con una empresa para que puedan reducir el 100% de la base del Impuesto de Sociedades?

24.03.06

Nuestra asociación tiene un acuerdo de colaboración con una empresa y hemos consultado en Hacienda cómo puede esta empresa desgravar el 100% de la colaboración y nos han informado que no se puede.
Nos gustaría saber cómo tenemos que plantear la colaboración con esta empresa para que puedan reducir el 100% de la base del impuesto de sociedades del colaborador.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

27.03.06

Los CONVENIOS DE COLABORACIÓN se encuentran definidos en el Artículo 25 de la Ley Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Para poder acogerse la empresa con la que tienen un convenio de colaboración su entidad(Interchildrens, Asociación) deberá de tener la forma jurídica de asociación declarada de utilidad pública. Si no tienen esta forma jurídica, la empresa no podrá considerar como un gasto deducible para determinar su base en el Impuesto sobre Sociedades.
Los convenio de colaboración deben:
1- Recogerse por escrito
2 Que la entidad sin fines lucrativos se encuentre incluida en el Artículo 16 de la Ley, es decir, que sea una entidad beneficiaria de mecenazgo(asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones) y, se comprometa a difundir por cualquier medio la participación del colaborador.
3- Que el colaborador entregue una ayuda económica(eje: dinero, participación en ventas o beneficios, etc.) para las actividades que realicen en cumplimiento de su objeto o finalidad específica.
Esta respuesta no es vinculante.

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#2

Respuesta del participante:

Jose Maria Guevara

03.04.06

hola gracias por la respueta
jose marina interchildrens

solucionesong.org
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